Un Concello tiene un llamado “Reglamento de Honores y Distinciones” en el que se regulan estos actos. El de Pontevedra ni siquiera recoge el “non grato”, ya que no tiene sentido. Hacer esa propuesta ha sido un brindis al sol sin efectos jurídicos.
Un ayuntamiento puede hermanarse con otros ayuntamientos con los que compartan hechos, semejanzas, historias comunes, etc., que avalen ese hermanamiento. Un ayuntamiento puede nombrar “hijo predilecto” a un ciudadano nacido en ese Concello. Puede nombrar “hijo adoptivo” a una persona no nacida en ese Concello, pero que por méritos contraídos, la Corporación entienda que así debe de ser. Puede nombrar ciudadanos “distinguidos” a propuesta de colectivos, o de la propia Corporación… Pero un Concello no puede, protocolariamente, nombrar a alguien “non grato”. Eso está reservado para la Diplomacia.
El artículo 9 de la Convención de Viena de 1961 es clarificador sobre esta figura: “un estado puede «en cualquier momento, y sin tener que explicar su decisión» declarar a cualquier persona de un cuerpo diplomático persona non grata.” Esto es, que el Estado receptor de una legación diplomática puede hacer esa declaración, con lo cual la persona, normalmente el Embajador, es “invitada” a salir del país, aunque también puede hacerse sin llegar a presentar sus credenciales diplomáticas. Puede darse incluso el caso de que el Estado acreditante se niegue a sacar a esa persona de ese país, con lo que, siempre según la Convención de Viena, el Estado receptor puede no reconocer a esa persona como Diplomático.
Normalmente este tipo de actuaciones no se hacen de manera pública, y se transmiten entre legaciones diplomáticas, aunque últimamente vemos que se usan sin sentido en niveles que no tienen nada que ver con la Diplomacia. La ministra Ana Pastor fue declarada “non grata” por el ayuntamiento de Vitoria durante dos horas, algo absolutamente absurdo.
El uso de los “Honores y Distinciones” en ayuntamientos y Diputaciones está perfectamente reglado. Proponer acciones como la de Pontevedra es un sinsentido. Supongo que al alcalde Lores ni se le pasaría por la cabeza nombrar Cardenal a alguien, ya que no tiene capacidad para ello. Pues eso, el “non grato” de Rajoy no tiene validez alguna. Lores no tiene capacidad para ello.