“Más allá de la parte judicial nos sentimos impotentes y desamparados por nuestras administraciones, porque permitieron que este señor pueda dormir en su casa antes que muchos afectados”, destaca la asociación.
Los afectados han confesado que su “enfado” y “dolor” es “muy grande” y “más allá de la decisión judicial” piden al propietario de la pirotecnia La Gallega “que tenga un respeto a las víctimas y no pase por Paramos”.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Tui acordó este lunes la puesta en libertad a la espera de juicio del dueño de la pirotecnia La Gallega y de uno de los almacenes que explotó en Paramos en mayo del año pasado.
La magistrada le ha impuesto la obligación de comparecer en la sede del juzgado los días 1 y 15 de cada mes y le ha retirado el pasaporte. La instructora asegura que el mantenimiento de la medida cautelar de prisión resultaría «excesivo y desproporcionado, máxime cuando no se reúnen los presupuestos legales que puedan ampararlo».
La jueza indica que «han transcurrido casi nueve meses desde el acaecimiento de los hechos y, por tanto, desde que el investigado ingresó en prisión», al tiempo que destaca que la instrucción está «prácticamente finalizada». Así, especifica que para su conclusión resta «la valoración pericial final de los daños materiales producidos a consecuencia de la explosión, la sanidad definitiva de algunos lesionados y la realización del ofrecimiento de acciones a un centenar de perjudicados, extremos, todos ellos, que inciden más bien en la envergadura de la responsabilidad civil derivada del delito que en la relevancia penal de los hechos».
En este momento procesal la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Tui descarta que el investigado pueda «ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba». Así, resalta la «evidencia de los hechos acaecidos, puesto que la prueba de que detentaba y almacenaba productos o material pirotécnico sin salvaguardar las condiciones de seguridad y sin ningún control administrativo se ha puesto de manifiesto con la explosión de la nave sita en Paramos, donde tenía, presuntamente, almacenado material explosivo».
«No se conocen otros establecimientos clandestinos que hayan podido ser utilizados por el investigado con los mismos fines, de manera que quiebran los presupuestos que fundamentaron en su día la adopción de la medida cautelar personal de prisión preventiva», señala la jueza, quien también considera «inexistente» el riesgo de reiteración delictiva tras la demolición de las instalaciones de la pirotecnia La Gallega.
Delitos
Tras la explosión de la nave de Paramos el sospechoso quedó en libertad provisional, pero cuatro días después, al descubrirse nuevos depósitos ilegales de material explosivo, el juzgado acordó su ingreso en prisión provisional. La jueza asegura en el auto que los hechos investigados presentan los caracteres de delito de riesgo catastrófico en su modalidad de delitos de riesgo provocados por explosivos y otros agentes (castigado con hasta tres años de cárcel) y un delito de estragos por imprudencia grave (castigado con hasta cuatro años), en concurso con dos delitos de homicidio imprudente (castigados con hasta cuatro años) y varios delitos de lesiones imprudentes (castigados con penas de privación de libertad de hasta seis meses).
La instructora subraya que hay «indicios racionales suficientes» para señalar al investigado como «el único responsable de la tenencia y almacenaje de las sustancias y la única persona que, presuntamente, conocía la existencia y destino del almacén y frecuentaba dicha nave.»
El auto señala que el Ministerio Fiscal solicitó el mantenimiento de la prisión provisional comunicada y sin fianza, una petición a la que se adhirió uno de los letrados de la acusación.