El tribunal, que ha comunicado su decisión a mediodia de este viernes tras deliberar durante un día y medio, también considera que hubo alevosía al cometer el crimen pero rechaza que se trate de un caso de violencia de género al no ser ambos pareja en ese momento.
En todo caso, se da por acreditado que Adrio acuchilló a Enjamio en el portal de su edificio en la avenida de Madrid el 17 de diciembre de 2016, que la acosó en las fechas previas al crimen y que le robó su móvil, en el que además instaló una aplicación espía, para leer los mensajes que ella se cruzaba con su novio.
Con esta decisión, Adrio podría ser condenado a 32 años de cárcel, los mismos que pedía para él la acusación particular por los tres delitos mencionados.
Será ahora el juez de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, quien dicte sentencia y concrete la pena a establecer una vez que el jurado ha determinado la culpabilidad del acusado.