La sección sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha atendido el recurso de la defensa de Mosquera, que alegó que el hidroxietil hallado en su sangre no aumentó su rendimiento deportivo ni sirvió como enmascarante para otra sustancia. Además, en la sentencia se critica el proceso que en su día abrió la Unión Ciclista Internacional, ya que vulneró su derecho a la defensa y no se tuvo en cuenta la presunción de inocencia.
Por tanto, a Mosquera le ha de ser devuelto el segundo puesto que logró en la Vuelta a España de 2010, así como la victoria en la penúltima etapa de la carrera, con final en La Bola del Mundo. El ciclista de Teo, por aquel entonces en el Xacobeo Galicia, había firmado un contrato con el Vacansoleil antes de empezar la Vuelta, pero no llegó a debutar con su nuevo equipo debido a que su causa estaba abierta. Finalmente, la Federación Española decidió sancionarlo en noviembre de 2011. Antes de que se cumpliesen los dos años, en 2012, Mosquera anunció su retirada. El gallego siempre defendió su inocencia, pero ha tenido que llegar hasta la Audiencia Nacional para que se anule la sanción.