El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, que absolvió a una funcionaria del Servicio Galego de Saúde (Sergas) del delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público del que estaba acusada por acceder al historial clínico de su hija.
El tribunal de primera instancia consideró acreditado que la investigada, entre el 11 de junio de 2012 y el 2 de abril de 2014, “hizo uso de su usuario y clave de acceso personal” para entrar en 25 ocasiones a la historia clínica de la querellante, pero subrayó que lo hizo sin que su hija, durante ese tiempo, “le retirara el consentimiento o le prohibiera el acceso”.
“No es posible entender que la sentencia apelada haya incurrido en quebranto de las normas sobre distribución de la carga de la prueba por cuanto si bien hace recaer sobre la parte acusada la prueba de la autorización, la duda sobre su concurrencia no provoca el efecto de su rechazo, sino, al contrario, por aplicación del principio in dubio pro reo, la falta de tipicidad de la conducta”, explica la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.
Los magistrados, además, indican que “no parece disparatado” entender que en el ámbito de la relación materno filial “existiera o razonablemente pudiera existir esa suerte de autorización o, cuando menos, haya motivos, como hace la Sala de instancia, para la duda”.
El TSXG sostiene que la versión acogida por la Audiencia Provincial es “coherente”, al tiempo que señala que existen dos versiones contrapuestas y que el tribunal de instancia “ha adoptado una de ellas, sin que tal proceder sea disparatado, por más que se pueda o no compartir”.