El alcalde de Vigo, Abel Caballero, ha atribuido la sanción impuesta por la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) al Ayuntamiento por la construcción de un parque de bomberos provisional en las instalaciones de la antigua EDAR de Coruxo a una “campaña antiVigo” de la Xunta de Galicia.
Preguntado por los medios acerca de esa sanción y de las decisiones que adoptará el gobierno municipal (habida cuenta de que, además de la multa de casi 28.000 euros, la APLU ordena cerrar el parque y reponer a su estado original las instalaciones), el alcalde se ha limitado a señalar que “se a seguir atendiendo muy bien la seguridad de la ciudad”.
“Supongo que la APLU no quiere que nos quedemos sin bomberos, suponiendo que la APLU tenga razón, que no la tiene”, ha proclamado el regidor olívico.
Según Abel Caballero, el expediente sancionador del organismo de protección de la legalidad urbanística responde a una “campaña antiVigo” de la Xunta. “Esto es política, porque es una instalación provisional. Es política antiVigo de la Xunta, que está en una campaña contra la ciudad”, ha sentenciado.
Denuncia
La Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU) ha resuelto un procedimiento sancionador contra el Ayuntamiento de Vigo por las “actuaciones abusivas” llevadas a cabo en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, en Coruxo, por lo que la entidad local tendrá que pagar una multa de más de 27.000 euros y reponer las instalaciones como estaban previamente.
En concreto, se trata del edificio donde estaba la antigua EDAR, remodelado sin autorización previa en materia de costas para situar ahí el parque de bomberos provisional, mientras no se construye el nuevo parque, ubicado en Esturáns.
Para ello, se llevaron a cabo obras en la zona, que ahora se catalogan como “abusivas” por haberse llevado a cabo sin los permisos necesarios, al estar situadas en zona de protección marítima-terretre.
“En el ejercicio de las competencias que le corresponden a la comunidad autónoma de Galicia para imponer la obligación de restitución de las cosas y reposición a su estado anterior, con la indemnización de los daños irreparables y pérdidas causadas, en el caso de obras y actuaciones contrarias a lo dispuesto en la legislación en materia de costas realizadas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, deberá producirse dentro de un plazo de quince años, a contar desde la terminación de las obras contrarias a la legalidad”, explica el documento.