El jurado encargado de enjuiciar la muerte violenta de una vecina de la calle Zamora de Vigo, en octubre de 2022, ha declarado culpable al acusado, Pablo P.V., de un asesinato con alevosía y ensañamiento.
En su veredicto, los miembros del tribunal popular han declarado probado por unanimidad que el procesado actuó con intención de matar a su vecina, y que, además, la atacó una primera vez por la espalda, de manera «repentina» y sin darle posibilidad alguna de defenderse.
También han declarado probado, por mayoría de 7 a 2, que Pablo P.V. actuó con ensañamiento porque, tras la segunda cuchillada (la que le asestó en el abdomen con tal fuerza que atravesó los intestinos, perforó la aorta y causó una mella en una vértebra lumbar), la tercera acometida, en el pecho, «incrementó de forma innecesaria» el sufrimiento de la mujer.
Asimismo, han señalado que la víctima, ya cuando recibió la segunda herida, «era consciente de que estaba siendo asesinada», lo que le provocó un «sufrimiento inhumano».
Por otra parte, el tribunal popular ha señalado que el propio acusado reconoció en la vista, pero también ante los agentes policiales que lo detuvieron, que había matado a su vecina.
No probada la alteración psíquica
Con respecto al trastorno psíquico transitorio alegado por la defensa para justificar la actuación de Pablo P.V., el jurado también ha sido unánime y ha declarado no probada la alteración psíquica temporal que hubiera podido influir en la capacidad intelectiva o volitiva del acusado, ni siquiera de forma leve.
Así, el tribunal ha argumentado que los informes forenses ponen de manifiesto que el procesado no tenía ninguna patología psiquiátrica, y no se acreditó que hubiera tenido un episodio psicótico, intoxicación u otra circunstancia que hubiera afectado a sus capacidades.
Finalmente, el tribunal se ha mostrado contrario a la adopción de medidas de beneficio en caso de condena, a la suspensión de la ejecución de la pena o a la posibilidad de que se solicite el indulto total o parcial.
Penas
A la vista del pronunciamiento del jurado, la Fiscal, que ha calificado el veredicto de «ejemplar», ha modificado su petición de pena, elevándola de 18 a 20 años de prisión (teniendo en cuenta el ensañamiento, que inicialmente no vio acreditado).
La acusación particular, por su parte, ha mantenido su solicitud de 25 de años de cárcel, y también ha agradecido el trabajo y la «responsabilidad» del tribunal popular.
Juicio
En el juicio celebrado esta semana en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en la ciudad olívica, el acusado reconoció que mató a la víctima en la tarde noche del 23 de octubre de 2022, si bien aseguró que no recordaba haberle dado más que una puñalada (el cadáver presentaba tres heridas, dos de ellas mortales, en abdomen y tórax).
Asimismo, alegó que la mujer, momentos antes, le había mandado «a la mierda» y que ese insulto le hizo «perder los papeles», al tiempo que aseguró que todo había ocurrido «muy rápido», de modo «instantáneo». Algo que desmintieron las imágenes de las cámaras de seguridad del edificio, que ponen de manifiesto que, entre el momento en que el acusado subió a su piso desde el portal y el momento en que lo hizo la víctima, transcurrieron unos 40 minutos.
De hecho, los agentes policiales declararon que vieron «premeditación» en la actuación de Pablo P.V., porque «esperó» en su casa a que la víctima subiera y luego salió armado con un cuchillo de cocina y la abordó por la espalda.