La caza sin límite de jabalís entra en vigor este sábado, 12 de octubre, en 40 comarcas, que abarcan a un total de 260 municipios, casi el 85% del territorio gallego. Esta medida de la Xunta de emergencia cinegética durará hasta el 23 de febrero de 2025.
El Gobierno gallego justifica esta medida excepcional en el aumento de presencia de este animal y los daños que acarrea, tanto en el campo como en accidentes de tráfico.
De hecho, la conselleira de Medio Ambiente, Ángeles Vázquez, hablaba esta semana de «una auténtica plaga» que no se ha logrado contener pese a ser abatidos 40.000 ejemplares en los dos últimos años.
En total, la declaración abarca 40 comarcas (13 en A Coruña, 10 en Lugo, 11 en Ourense y 6 en Pontevedra) que comprenden 260 ayuntamientos (77 de ellos coruñeses, 57 lucenses, 87 ourensanos y 39 pontevedreses) y un 84,7% de la superficie total de Galicia.
Los 39 ayuntamientos pontevedreses son: Agolada, Dozón, Lalín, Rodeiro, Silleda, Vila de Cruces, A Estrada, Forcarei, Mondariz, Mondariz-Balneario, As Neves, Ponteareas, Salvaterra de Miño, Barro, Campo Lameiro, Cerdedo-Cotobade, A Lama, Poio, Ponte Caldelas, Pontevedra, Vilaboa, Baiona, Fornelos de Montes, Gondomar, Mos, Nigrán, Pazos de Borbén, O Porriño, Redondela, Salceda de Caselas, Soutomaior, Vigo, Caldas de Reis, Catoira, Cuntis, Moraña, Pontecesures, Portas y Valga.
Cuarta vez que se recurre a este instrumento provisional
Esta es la cuarta vez (tras 2019, 2021 y 2023) que se recurre a este instrumento, provisional y extraordinario, con el fin de agilizar la aplicación de medidas dirigidas al control de las poblaciones de esta especie en aquellas zonas con mayor incidencia.
Este un instrumento adicional y complementario a la caza reglada dentro de los terrenos de régimen cinegético especial y común, así como también a las actuaciones de control por daños, que seguirán desarrollándose en los términos fijados en la resolución anual por la que se regula la caza en Galicia.
En concreto, durante la vigencia de la declaración en estas comarcas se permitirá abatir o capturar, sin límite de ejemplares, jabalís de ambos sexos, prioritariamente hembras adultas y subadultas de cualquier edad.
Asimismo, en las zonas en situación de emergencia cinegética temporal será posible abatir crías y hembras sucesivas de crías siempre y cuando haya una autorización especial previa por parte de la Dirección Xeral de Patrimonio Natural.
Además, se habilitan herramientas como la ampliación de los periodos en los que se puede ejercer la actividad cinegética, en jornadas que no estén aprobadas en el correspondiente plan anual de aprovechamiento de la temporada 2023-2024 de los tecores. También habrá la autorización para el uso de medios auxiliares, tales como visores ópticos, detectores electrónicos de paso o presencia de animales y cebaderos de grano o frutos colocados en los cultivos dañados.
De igual manera, en las comarcas con declaración de emergencia se podrá autorizar a los propietarios afectados a realizar esperas o esperas en terrenos de régimen cinegético especial –personalmente o mediante terceros– con autorización del titular del aprovechamiento.
En 2019, la Xunta recurrió por primera vez la esta medida en 33 ayuntamientos de cuatro áreas geográficas de Galicia. Tras esta experiencia pionera, en el año 2021 se volvió a declarar la emergencia cinegética temporal en 29 comarcas como medida adicional para aminorar el impacto de la especie en las mismas. Mientras, el año pasado se recurrió por tercera vez a esta posibilidad, con un total de 37 comarcas.