El tribunal de jurado constituido para enjuiciar el llamado crimen de la calle Areal de Vigo recibirá este lunes el objeto de veredicto y comenzará su deliberación, para determinar si el autor confeso de dicho crimen, David M.C., es responsable, efectivamente, de un homicidio y una estafa, por haber matado a un profesor jubilado, Benito T.S. y haberse gastado más de 17.000 euros de sus cuentas bancarias.
El juicio por estos hechos comenzó el pasado 30 de septiembre y, ya desde el primer momento, la Fiscalía dejó claro que el acusado reconocía los hechos y había pagado la indemnización a los hermanos del fallecido (unos 40.000 euros en total).
Así, el propio procesado, vecino de Monforte, admitió en su declaración que, en la noche del 28 al 29 de diciembre de 2021, estuvo en casa de la víctima, en la calle Areal de Vigo, y, en un momento determinado, le golpeó la cabeza con una bola decorativa de mármol, luego lo degolló y le clavó un cuchillo de cocina 21 veces.
En los días posteriores, David M.C. estuvo alojado en un hotel de Vigo, y gastó más de 17.000 euros con cargo a las cuentas del fallecido, comprando diversos efectos, pagando copas, cenas y alojamiento a varios amigos, adquiriendo dos coches de segunda mano, o abonando peajes, combustibles y otros gastos.
El 4 de enero de 2022 fue interceptado en un control de tráfico de la Guardia Civil en Silleda. Los agentes sospecharon porque descubrieron un neceser en el coche con los documentos y tarjetas de la víctima y el acusado intentó hacerles creer que eran de «un tío lejano». Tras avisar a la Policía Local de Vigo, una familiar trató de contactar con Benito T.S. sin conseguirlo y, al acudir a su domicilio, del que tenía llaves, se encontró allí su cuerpo sin vida.
Aunque el acusado reconoció los hechos en el plenario, al ser cuestionado (por el tribunal de jurado) sobre por qué había matado a este profesor jubilado, y cuál era la relación entre ambos, David M.C. se limitó a decir que no sabe el motivo por el que le dio muerte y que no quería responder a la pregunta sobre el vínculo entre ambos.
Práctica de la prueba
A lo largo de la práctica de la prueba en este juicio, los diferentes testigos y peritos han apuntalado la acusación contra David M.C., confirmando sus movimientos esos días y los gastos que realizó, en algunos casos alegando que el dinero provenía de la cuenta de un «socio» empresarial.
Asimismo, los médicos forenses determinaron que la víctima falleció por la combinación de dos heridas graves: un traumatismo en la cabeza provocado por varios golpes que le hundieron el cráneo y lo dejaron sin capacidad de reacción, y el corte del cuello, que le provocó una hemorragia masiva.
Homicidio, no asesinato
En sus informes finales, las acusaciones destacaron la prueba abrumadora contra el procesado, al margen del hecho de que él mismo reconoció la autoría del crimen, y recordaron que el ADN de víctima y acusado fue localizado tanto en la bola de mármol, como en el cuchillo (cuya punta quedó clavada en el cráneo de Benito T.S.) o en la sangre de la ropa y calzado que llevaba David M.C.
El Fiscal mantiene que Benito T.S. fue víctima de un homicidio, no de un asesinato, porque no ve acreditado el ensañamiento ni la alevosía. Según expuso ante el tribunal de jurado, la multitud de golpes y heridas se deben a que David quería asegurarse de que lo mataba, pero no lo hizo para torturarlo.
Según el representante del ministerio público, el acusado «no es John Rambo ni un boina verde» y por eso «necesita causar todo tipo de golpes» para asegurarse el resultado, al no ser «un individuo experto que se dedica a matar». «Lo que quiere es matar, no causar daño innecesario», aseguró en su alegato final, y añadió que tampoco hubo alevosía porque no quedó acreditado que la víctima tuviera anulada su capacidad de defensa.
Mientras, las acusaciones particulares, ejercidas por los hermanos del fallecido, modificaron sus conclusiones para pasar de pedir una condena por asesinato con ensañamiento a adherirse a las tesis de la Fiscalía.
Así, David M.C. se enfrenta a 10 años y medio de cárcel por un homicidio y otro año de prisión por un delito continuado de estafa, en concurso ideal con un delito de hurto (por la sustracción de las tarjetas). Todo ello con la aplicación de la circunstancia atenuante de reparación del daño, por haber pagado las indemnizaciones a los hermanos.
La defensa se limitó a reconocer que se han acreditado esos delitos y también la circunstancia atenuante, y mostrar su conformidad con las penas solicitadas.