La junta de gobierno local de Vigo celebrada este viernes dio luz verde al calendario del contribuyente para este año 2025.
En un año donde los impuestos y tasas municipales en la ciudad olívica suben un 4%, el Ayuntamiento acaba de hacer públicas las fechas del año que ningún vigués debe olvidar si quiere estar al día en sus pagos y, sobre todo, si no se quiere exponer a multas o recargos.
El concejal de Hacienda, Jaime Aneiros, aseguró en su momento que el incremento en los tributos municipales se llevó a cabo para «adecuarse» y hacer frente a la revisión de contratos, incremento de costes de los servicios y actualización de salarios.
Y esta semana, su departamento ha aprobado y publicado ya en el Boletín Oficial de la Provincia (BOPPO) el listado con las fechas concretas y los periodos de cada pago para el impuesto de rodaje, el ‘lixo’, el IBI o el IAE.
De hecho, y como especifican, se fijan los periodos de comienzo y final de cobro, en período voluntario, de los padrones de tributos de cobro periódico y notificación colectiva correspondientes al ejercicio 2025 así como las fechas para el cargo en cuenta de los recibos domiciliados en las entidades financieras. Son estas:
Primer semestre:
Impuesto vehículos de tracción mecánica (IVTM):
- Fecha de comienzo del período voluntario: 31 de marzo de 2025.
- Fecha de finalización del período voluntario: 2 de junio de 2025.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados: 2 de junio de 2025.
- Fecha fin de las órdenes de domiciliación para que sean efectivas en el ejercicio: 7 de marzo de 2025
Segundo semestre:
Tasa por la recogida de la basura en las viviendas, o más conocida como ‘lixo’:
- Fecha de comienzo del período voluntario: 30 de junio de 2025.
- Fecha de finalización del período voluntario:1 de septiembre de 2025.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados:1 de septiembre de 2025.
- Fecha fin de las órdenes de domiciliación para que sean efectivas en el ejercicio: 6 de junio de 2025
Exacciones unificadas industriales (basura industrial):
- Fecha de comienzo del período voluntario: 1 de agosto de 2025.
- Fecha de finalización del período voluntario:30 de septiembre de 2025.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados:30 de septiembre de 2025.
- Fecha fin de órdenes de domiciliación para que sean efectivas en el ejercicio: 27 de junio de 2025
Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (IBI urbana):
- Fecha de comienzo del período voluntario: 1 de septiembre de 2025.
- Fecha de finalización del período voluntario:31 de octubre de 2025.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados:31 de octubre de 2025.
- Fecha fin de las órdenes de domiciliación para que sean efectivas en el ejercicio: 7 de agosto de 2025
Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica (IBI rústica):
- Fecha de comienzo del período voluntario: 1 de septiembre de 2025.
- Fecha de finalización del período voluntario:31 de octubre de 2025.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados:31 de octubre de 2025.
- Fecha fin de las órdenes de domiciliación para que sean efectivas en el ejercicio: 7 de agosto de 2025
Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica de características especiales (BICES):
- Fecha de comienzo del período voluntario: 1 de septiembre de 2025
- Fecha de finalización del período voluntario:31 de octubre de 2025.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados:31 de octubre de 2025.
- Fecha fin de las órdenes de domiciliación para que sean efectivas en el ejercicio: 7 de agosto de 2025
Impuesto sobre actividades económicas (IAE):
- Fecha de comienzo del período voluntario: 1 de septiembre de 2025.
- Fecha de finalización del período voluntario:31 de octubre de 2025.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados:31 de octubre de 2025.
- Fecha fin de las órdenes de domiciliación para que sean efectivas en el ejercicio: 7 de agosto de 2025
A mayores, establecen también los plazos para el sistema especial de pago del impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Y marchan como fecha fin para las órdenes de domiciliación y que sean efectivas en el primer plazo, el 9 de mayo, así como el 7 de agosto para que sean efectivas, en el segundo plazo.
Conta Fácil10
Desde el Concello de Vigo también se pone a disposición de los ciudadanos el sistema de pago ‘Conta Fácil10’. Se trata de un sistema especial de pago que permite al contribuyente fraccionar en 10 mensualidades la totalidad de sus recibos periódicos.
Los recibos a los que se refiere y que se pueden incluir en esta cuenta son los relativos al IBI, al IAE, al de Vehículos de Tracción Mecánica -o Rodaje- así como la tasa de la basura o el de Exacciones Unificadas Industriales.
Los vigueses y viguesas que se quieran acoger a este sistema deben cumplir unos requisitos que, concretamente, serían: no mantener deudas con el Concello, figurar como sujeto pasivo del IBI o del IAE pero, sobre todo, que la suma del importe total anual de la cuota tributaria en período voluntario de todos los tributos a incorporar en su cuenta particular sea superior a 200 euros y que el pago de todas las cuotas mensuales se realice mediante domiciliación bancaria en una cuenta abierta en una entidad de crédito en la que el contribuyente sea titular.
Para darse de alta en este servicio, las personas interesadas deberán presentar la solicitud antes del 31 de diciembre del ejercicio anterior a aquel en que se produzca la devindicación de los tributos fraccionados y se puede hacer de forma online o presencial en el Ayuntamiento.