El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por la defensa de un vecino de Oia (Pontevedra) que, junto a otras seis personas, fue condenado por los delitos de tráfico de drogas, atentado y tenencia ilícita de armas, y ha confirmado la sentencia emitida por la Audiencia de Pontevedra (y ratificada después por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia).
El tribunal provincial declaró probado que este vecino de Oia, además de dos parejas y otras dos personas (algunas de ellas consideradas integrantes de un grupo criminal), se dedicaba a la venta de estupefacientes.
Cuando se realizaba un registro en su domicilio, este procesado encañonó a la comisión judicial con una escopeta, aunque pudo ser reducido por la Guardia Civil. Además, otros de los procesados intentaron deshacerse de parte de la droga que tenían en casa, también cuando se iba a hacer el registro de su vivienda.
Las detenciones se produjeron en octubre de 2016 y, en 2021 la Audiencia de Pontevedra dictó sentencia condenatoria. Al hombre que encañonó a la comisión judicial durante el registro lo condenó a 14 años y 10 meses de cárcel, por los delitos de tráfico de drogas, atentado contra la autoridad, y tenencia ilícita de armas; además de multas por más de 300.000 euros.
Al resto de investigados la Audiencia les impuso penas entre 21 meses y 10 años y medio de cárcel, y multas.
Tres de los procesados presentaron recurso de casación ante el Supremo, pero el alto tribunal ha rechazado los argumentos expuestos por las defensas. Contra esta resolución no cabe recurso.