El expresidente de la Deputación de Pontevedra, Rafael Louzán, ha confirmado que recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que le ha condenado a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación.
La sentencia, que estima parcialmente el recurso presentado por Louzán al fallo de primera instancia del Juzgado de Instrucción número 3 de Pontevedra, le absuelve de un delito de fraude, por el que había sido condenado a dos años de cárcel.
El político del PP, según consideran probado los magistrados, concedió siendo presidente de la Deputación de Pontevedra, una subvención de 86.311 euros para realizar unas obras de mejora del campo de fútbol de Moraña (Pontevedra) que ya estaban, en su mayor parte, ejecutadas.
En un comunicado, Rafael Louzán reivindica su presunción de inocencia al recordar que esta sentencia no es firme y avanza que mientras ejerce su derecho “a seguir defendiéndome” por la vía judicial continuará al frente de la Real Federación Galega de Fútbol “con total normalidad”.
Louzán reitera, al contrario de lo que recoge la sentencia, que no adoptó “ninguna decisión ilegal, arbitraria o injusta” y que, en todo caso, de haber existido “no superaría la mera ilegalidad formal de carácter administrativo”, por haber votado a favor de la concesión de dicha subvención.
El fallo de la Audiencia de Pontevedra, según el dirigente, es una “enmienda general” a la resolución “inconsistente” del juzgado de primera instancia y, especialmente, de su jueza titular, a la que este nuevo fallo “deja en evidencia su debilidad jurídica”. Recuerda que los magistrados del tribunal provincial anuló el delito de fraude y absolvió a cuatro de los ocho condenados en primera instancia por prevaricación.
Además, apunta que en los hechos probados de la sentencia se refleja que “no consta” que las cantidades cobradas por la empresa que hizo las obras “no se correspondan con obras efectivamente realizadas ni que se hubieran aplicado precios superiores a los de mercado”.
El expresidente de la Diputación considera “revelador de la intencionalidad de este procedimiento” que en una causa con 33 tomos de presuntas irregularidades de todas las administraciones, el proceso evolucionara hacia una causa con dos tomos y un juicio por una presunta prevaricación administrativa sin trascendencia económica”.