El juez también concede en el auto autorización al Ayuntamiento para entrar por la fuerza, con el auxilio de la Policía Local y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en las instalaciones, en caso de que sus propietarios no lo permitiesen voluntariamente, para proceder a la ejecución forzosa de la sentencia.
Contra el auto cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), aunque el juez advierte de que “por sí mismo no suspende la ejecutividad” de su resolución.