El envío fue interceptado en Alemania, desde donde se alertó a las autoridades españolas, quienes acordaron realizar una entrega controlada del paquete. La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra también condenó a otro acusado de participar en el plan a tres años de cárcel y al abono de 17.750 euros. En este caso acordaron la suspensión de la pena durante cuatro años con la condición de que en ese plazo no delinca y se someta a un tratamiento de deshabituación de drogas.
El TSXG argumenta en la resolución que “no cabe duda alguna de que el razonamiento de la sentencia apelada para justificar la imputación de la acusada de los hechos declarados probados es razonable y consistente, apoyado en sólidas inferencias que, en modo alguno, se desvirtúan por lo expuesto en el recurso”.
Además, los magistrados del alto tribunal indican que “no solo la razonabilidad, sino la impresión directa que en el tribunal de instancia proyectaron las manifestaciones de todos los testigos, impide atribuir otro sentido a lo referido por aquellos, por lo que la confirmación de la resolución impugnada es ineludible”.