El suceso que sacudió a Vigo y Redondela el pasado fin de semana después de que un conductor causara un accidente grave en la AP-9 tuvo una prolongación, esta vez sin heridos, en la autovía A-55. Aunque los hechos han trascendido este miércoles, una vez que fue difundida por la Guardia Civil, se produjeron el pasado sábado, incluso antes que el siniestro de la autopista.
Según la información que acaba de ser desvelada por la Benémerita, un vecino de Gondomar de 41 años transitó en sentido contrario por la A-55 entre el polígono industrial de As Gándaras y el núcleo urbano de O Porriño. Los agentes recibieron el aviso a raíz de varios llamadas de diferentes usuarios, que alertaban de la presencia de un coche avanzando hacia Tui pero utilizando para ello los carriles en dirección a Vigo.
De forma inmediata, se pasó aviso a las diferentes patrullas en servicio, próximas a la zona, tanto de Tráfico como de Seguridad Ciudadana. Así, efectivos del puesto de Mos pudieron interceptar al vehículo a la altura del kilómetro 17, en O Porriño.
Como el conductor mostraba “evidentes síntomas de encontrarse bajo los efectos de alcohol”, fue sometido al test de alcoholemia, en el que triplicó la tasa máxima permitida. Asimismo, dio positivo indiciario en la prueba de drogas, en THC y anfetaminas. Este resultado está pendiente de confirmación por parte del laboratorio.
El Destacamento de Tráfico de O Porriño instruyó diligencias por delitos de conducción temeraria y conducción bajo los efectos del alcohol y/o las drogas para entregarlas en el juzgado de guardia de dicha localidad.
El primero de los delitos contempla penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Por otro lado, el delito de conducción temeraria, el otro por el que se investiga al implicado, se castiga en el artículo 380 del Código Penal con penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.