Las cuatro yeguas, ejemplares de garranos, son équidos salvajes pero con propietario que habitan la sierra y que anualmente protagonizan las tradicionales ‘rapas das bestas’ en Galicia.
El Defensor también quiere conocer el régimen jurídico en el que se ampara la protección de esta especie milenaria en peligro de extinción, ya que no parece haber una posición unánime sobre si se trata de animales silvestres o si son animales de aprovechamiento ganadero.
Según señala la institución en el escrito remitido a la Xunta, si su carácter es el de animal silvestre, estarían sometidos a la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, mientras que si son animales de aprovechamiento ganadero, su régimen jurídico sería el Real Decreto 804/2011, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino y que es propio de otras especies equinas utilizadas comúnmente.
Bienestar animal
La institución recibe todos los años numerosas quejas relacionadas con el bienestar animal. La preocupación ciudadana por el bienestar y cuidado de los animales, tanto domésticos como silvestres, es cada vez mayor, y así lo demuestran las quejas que presentan a esta institución las asociaciones ecologistas, que denuncian ante el Defensor del Pueblo diversos daños a la biodiversidad existente.
Buenos ejemplos de ello son las actuaciones de la institución relativas al régimen jurídico de las especies exóticas invasoras, o al uso del diclofenaco como compuesto veterinario en ganadería. Otras actuaciones destacadas tienen que ver con el hecho de que asociaciones ecologistas sigan sin ser reconocidas como interesadas por la administración en procedimientos sancionadores, lo que les impide participar plenamente en el procedimiento.