La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha avalado en un auto notificado este viernes la restricción a las agrupaciones de personas en toda Galicia aprobada por la Xunta el pasado 14 de octubre como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del Covid-19. El TSXG, por tanto, ha ratificado la orden de la Consellería de Sanidade que limita las reuniones a diez personas.
La Sala también ha aprobado las medidas restrictivas de derechos fundamentales aprobadas por el Gobierno gallego el pasado 14 de octubre como consecuencia de la evolución de la pandemia en los municipios de Vilagarcía de Arousa, Vilanova de Arousa, Sanxenxo, Meis y Cambados, así como en el Ayuntamiento de Lugo y en las comarcas de Santiago, Allariz-Maceda, O Carballiño, Ourense, O Ribeiro, Terra de Celanova, Valdeorras y Verín.
La Consellería de Sanidad decidió el pasado martes limitar las reuniones en toda Galicia, tanto públicas cómo privadas, a un máximo de diez personas. Fue una de las decisiones adoptadas por el comité clínico que hace seguimiento de la evolución del Covid-19 en nuestra comunidad, tras constatar el aumento de contagios en reuniones sociales y familiares.