Los detalles de las medidas anunciadas el lunes por el presidente de la Xunta de Galicia, que entraron en vigor esta pasada medianoche, tardaron en conocerse. El Gobierno gallego publicó los pormenores del nuevo escenario normativo para atajar la pandemia, que se mantendrá al menos durante tres semanas, poco antes de las 23.00 horas del martes, con un margen ligeramente superior a una hora. En la redacción del Diario Oficial de Galicia (DOG) se pudieron resolver algunas dudas como el listado de comercios considerados esenciales y se pudo encontrar también alguna sorpresa como las excepciones a la prohibición de estar con personas no convivientes.
A este respecto, la Xunta introdujo dos salvedades que no se esperaban: permitir las reuniones entre personas que viven solas y entre parejas. En ambos casos, deben residir en el mismo municipio. Estos supuestos se han importado de la Comunidad de Madrid, donde hace unos días se introdujeron estas casuísticas. Según el texto oficial publicado por el Ejecutivo gallego, se autorizan los encuentros “de personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando estos vivan en domicilios diferentes”. De esta forma se piensa, por lo general, en muchos individuos de mediana edad o jóvenes que no residen bajo el mismo techo.
Del mismo modo, el DOG da su visto bueno a las reuniones de “personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada”. La inclusión de la palabra “única” no es casual, porque no podrá haber ‘rotación’ con gente diferente. Se busca que dos personas que vivan solas formen su particular ‘burbuja’ y se haga así compañía durante estas tres semanas. Por si acaso surgieran dudas, el documento especifica que “cada unidad de convivencia puede integrar solamente a una única persona que viva sola”. De esta manera, se incluye este nuevo concepto de la unidad de convivencia ampliada con la mente puesta, sobre todo, en las personas mayores.
Estas dos excepciones importadas tienen una diferencia con respecto a las de Madrid. En esa región estas reuniones deben mantenerse en los domicilios. Sin embargo, el texto legal publicado en Galicia, que copia casi de forma literal el difundido desde la capital de España, introduce una modificación. Esos encuentros pueden darse “con independencia de que se desarrollen al aire libre, y en el ámbito público o privado, en locales cerrados o vehículos privados particulares”. Es decir, no están acotados a los domicilios particulares.
Estas dos no son las únicas salvedades previstas en la norma publicada a última hora del martes. No obstante, el resto ya fueron anunciadas o entran dentro de lo previsto. Así, se autorizan reuniones de personas menores de edad con sus progenitores en caso de que no convivan en el mismo domicilio. También para el cuidado, la atención, la asistencia o el acompañamiento a personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables.
Igualmente, como se había dicho, no están prohibidos los encuentros derivados de actividades laborales, institucionales, empresariales, profesionales, sindicales, de representación de trabajadores y administrativas, actividades en centros universitarios, educativos, de formación y ocupacionales, siempre que se adopten las medidas previstas en los correspondientes protocolos de funcionamiento. Por último, se establece la excepción por “causa de fuerza mayor o situación de necesidad”.