El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prorrogar en toda la comunidad, hasta el próximo 12 de febrero, la exigencia de presentar el ‘pasaporte covid’ de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para acceder al interior de los locales de hostelería y de ocio nocturno durante todo el horario de apertura, a gimnasios y piscinas cubiertas, a eventos multitudinarios, a lugares en los que se venda comida y bebida y a albergues turísticos. Además, la documentación será requerida a las visitas de los pacientes ingresados en hospitales y residencias.
La Sala destaca que esta medida se mantendrá “el tiempo imprescindible para mejorar la situación epidemiológica” de Galicia, la cual “se revisa diariamente y se somete semanalmente a la consideración del comité clínico”. Además, subraya que su propósito es “defender la salud pública malograda por la pandemia”.
En el auto, los magistrados aseguran que, tal y como se fundamenta en el informe técnico aportado por la Xunta, la presentación del ‘pasaporte covid’ permite el mantenimiento de capacidades y el normal desarrollo de determinadas actividades “en situaciones en las que se aprecia un incremento de riesgo de contagio, por las características peculiares de actividad, que deben ser adecuadamente controladas, o por las características de especial vulnerabilidad que concurren”.
La idoneidad de la medida, según explica el tribunal en la resolución, no queda invalidada por el hecho de que el ‘pasaporte covid’ no elimine completamente la posibilidad de nuevos contagios, ya que los informes científicos avalan que esta medida preventiva “permite reducir el riesgo” de transmisión del virus.
El TSXG, además, recuerda la sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de diciembre en la que insiste en que “la distinta gravedad actual de la pandemia, la menor agresividad y la más reducida ocupación hospitalaria y de las UCI”, no justifican “prescindir de las prevenciones necesarias para evitar que se reproduzcan los momentos críticos del pasado”. Contra la resolución cabe presentar recurso de casación.
Resto de restricciones
De esta forma, la Consellería de Sanidade podrá publicar la medida en el Diario Oficial de Galicia (DOG) este viernes, para que así entre en vigor a las 00.01 horas del sábado 29 de enero. Lo mismo sucederá con el resto de restricciones que se modifican. Ese escenario normativo se mantendrá hasta el 12 de febrero. Tal y como se anunció el miércoles, una vez que se ha superado el pico de la actual ola la hostelería gallega, que no arrastra limitaciones de los aforos, podrá recuperar el uso de las barras y abrir hasta los 01.00 horas de lunes a viernes y hasta las 01.30 horas el fin de semana.
Los bares, cafeterías y restaurantes podrán admitir hasta 15 comensales en la misma mesa –o agrupación de mesas- en el exterior (antes eran 10). Mientras, en el interior se mantiene en 8 personas esta cifra máxima.
Adicionalmente, el ocio nocturno también ampliará su horario: hasta las 04.00 horas de lunes a viernes y a las 05.00 horas el fin de semana. Asimismo, podrán celebrarse conciertos y espectáculos con público de pie. Igualmente, vuelven los cócteles de pie.
Por otro lado, se elimina la prohibición de reunirse con personas no convivientes entre las 03.00 y las 06.00 horas. Esta limitación ya solo existía los viernes, sábados y domingos pero decaerá por completo este fin de semana.