Las viejas normas de aforos en hostelería han entrado en vigor a las 00:00 horas de este martes una vez que la Justicia gallega no admitiese la aplicación de los certificados para la hostelería. Eran dos los escenarios que la Xunta manejaba después de que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia dejase sin vigor la pasada semana la obligación del ‘certificado covid’ para acceder al interior de la hostelería y estos eran el regreso de ese documento formal o el retorno de los aforos anteriores a su uso. El cronómetro se puso en marcha el viernes cuando los servicios jurídicos del gobierno de Alberto Núñez Feijóo solicitaron al órgano judicial el aval preceptivo bajo el amparo del fundamento sanitario, de la supremacía del interés general en lo que a la protección de la salud pública se refiere.
El compás de espera arrancó con fechas, de modo que si los tres magistrados que deliberaron determinaban aceptar la exhibición de esa documentación para cafeterías, bares y restaurantes de ayuntamientos en nivel máximo y alto de restricciones, así como en locales de ocio nocturno de zonas con niveles medio y medio bajo, todo quedaría como estaba en la orden del 22 de julio.
Si, por el contrario, la respuesta de la justicia fuese en la línea de Andalucía, Cantabria y Canarias, donde se desautorizó esa medida, se activaría la entrada en vigor a las 00:00 horas del martes de un plan alternativo con recetas ya conocidas, algo que finalmente sucederá y que supondrá el retorno de las capacidades totales previas a la utilización de esos comprobantes.
Interiores al 30%
El supuesto más desfavorable de este escenario B, recogido en el Diario Oficial, es que, en lugar de trabajar al 30 por ciento en interiores, el sector hostelero debe cerrar ese espacio en los municipios que se encuentren en la peor de las situaciones por sus malos datos epidemiológicos, en la actualidad ningún concello gallego. En el siguiente escalón, el alto, donde son 54 los núcleos, entre ellos las ciudades de A Coruña, Ferrol, Vigo, Pontevedra y Lugo, se pasará de un aforo en interiores del 50% con ‘certificado covid’ al 30% sin él.
Ocio nocturno
En lo tocante al ocio nocturno, el tope en el interior de los niveles medio (69 localidades) y medio bajo (189) evolucionará igualmente del 50%, con la exigencia en puerta de la comprobación de estar vacunado, de haber pasado la enfermedad o bien de una prueba negativa; al 30 por ciento, el que existía.
El Ejecutivo gallego ha estado esperando la resolución del alto tribunal «siendo respetuosos con su criterio» de que los certificados dejen de ser exigibles para el control de la transmisión en los interiores de la hostelería y del ocio nocturno, en función del nivel del ayuntamiento en cuestión, una vez que fue anulada la obligación implantada sin la autorización vinculante, según alegó el mencionado órgano judicial.