La Comunidad de Montes de Tameiga se ha declarado “satisfecha” con la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) porque, a su entender, reafirma “la ilegalidad” de las licencias concedidas por el ayuntamiento de Mos para la construcción de la ciudad deportiva del Celta.
“Estamos contentos con la ratificación de la ilegalidad de la ciudad deportiva porque teníamos claro que, aunque en los últimos meses andaban a decir que renunciaban al proyecto comercial, éstas eran declaraciones para la galería porque el proyecto comercial solamente estaba aparcado hasta que tuvieran un gobierno amigo en Madrid”, declaró Cesar Lago, presidente de la plataforma.
Para los comuneros de Tameiga, la ciudad deportiva de Mos siempre ha sido “un caballo de Troya” para llevar a cabo el proyecto comercial, ya que en la última reunión que mantuvieron con el presidente y máximo accionista del Celta, Carlos Mouriño, les quedó claro que “los campos de fútbol son la excusa para expropiar el monte comunal y luego recalificarlo para poder construir un complejo de hoteles, restaurantes…”
Asimismo, desde la comunidad de montes destacan que “el mérito” de que se restituya la legalidad urbanística en Mos no es exclusivo suyo porque Ecoloxistas en Acción, la Asociación Vecinal A Portela de Tameiga, el PSdeG y el BNG “también instaron a la justicia a actuar contra el despropósito urbanístico del gobierno local de Mos -PP-”.
“Se permitió la construcción de un edificio de casi 3.000 metros cuadrados cuando por la calificación de suelo rústico de especial protección sólo podían construirse unos pequeños vestuarios y un almacén imprescindible”, denuncian los comuneros.
En todo caso, el TSXG indica que es necesario un Plan Especial que ampare las obras realizadas y el Ayuntamiento prevé que ese documento esté aprobado en el plazo de un mes.
El dictamen
La sección segunda del TSXG ha confirmado la sentencia que ordenó al Ayuntamiento de Mos revisar la licencia de los campos de entrenamiento del Celta y anuló la de los vestuarios. La sala, de esta forma, ha desestimado los recursos interpuestos por el Concello y por el Real Club Celta y ha confirmado la resolución del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Pontevedra que condenó a la administración municipal demandada a incoar, tramitar y resolver en plazo un expediente de revisión de oficio de la licencia de obra otorgada en noviembre de 2018 por el Ayuntamiento de Mos al Celta para la ejecución de un campo de fútbol doble de 16.576 metros cuadrados con un aparcamiento de 5.500 m2.
“Han de compartirse las conclusiones a que se llega en la sentencia apelada, que partiendo del examen de la documental aportada, entre ella la planimetría de los dos proyectos autorizados por el Concello de Mos en las resoluciones municipales recurridas, de 29 de noviembre de 2018 y de 30 de octubre de 2019, llega a la conclusión de que no se puede considerar que estas obras tengan el carácter de instalaciones mínimas imprescindibles para el uso a desarrollar”, indica el TSXG, que subraya que, además, en el fallo de primera instancia “se evidencia que no tiene en cuenta exclusivamente el tamaño de dichas instalaciones, aunque sí es cierto que tal dato ofrece cierta relevancia para poder considerar que se trata de un equipamiento deportivo privado”.
Los magistrados destacan que exceden “de las instalaciones mínimas a que se refiere la ley”, al tiempo que indican que “se puede considerar dentro de lo que en la propia solicitud de licencias se denomina equipamiento deportivo, al presentar los planos del proyecto básico”. Los jueces también señalan que “ha de compartirse la consideración de que, con un margen temporal de no más de un año entre uno y otro acuerdo, se han autorizado unas obras que conformarán un conjunto completo que constituye una unidad”, por lo que concluyen que “precisan de un plan especial”.