La nueva normalidad no convence a los presidentes y vocales que resultaron elegidos por sorteo el pasado 15 de junio para formar parte de una mesa electoral en Vigo durante las elecciones autonómicas del 12 de julio. A lo largo de estos últimos días han recibido las respectivas notificaciones y, con el coronavirus todavía presente, no han parado de sucederse las renuncias.
Han sido 158 las personas que han presentado alegaciones que han prosperado, un registro del que el propio alcalde de Vigo, quien informaba este lunes de lo sucedido, no recuerda precedentes. Abel Cabalero ha dado cuenta del aviso recibido por parte de la Junta Electoral de Zona, que ha pedido al Concello –encargado de sortear las personas designadas- que busque una solución a este problema.
Por el momento, el Ayuntamiento ha convocado un nuevo pleno extraordinario para este viernes, en el que escoger, por el método que se decida, a 158 nuevos ciudadanos que suplan a los que han renunciado, cuyos motivos para librarse de este cometido no han trascendido. “Buscaremos un sistema”, ha declarado el alcalde. Además, no se descarta que en las próximas horas sigan llegando más renuncias para no ejercer como presidente o vocal el 12-J en alguna de las 372 mesas que habrá en Vigo.
Este aluvión de negativas podría obligar a repetir el sorteo. Esta situación excepcional se da a menos de dos semanas para la cita con las urnas. De hecho, la campaña lleva en marcha desde el pasado viernes, por lo que los plazos para las notificaciones van muy ajustados.
Qué dice la normativa
Cabe recordar que la normativa vigente fuerza a todas las personas seleccionadas a presentarse en el puesto que le corresponda a primera hora de la mañana del día de la elección. Aquellos que se ausenten, de hecho, se atienen a una sanción. Para poder eludir estas funciones es necesario exponer una “causa justificada y documentada” ante la Junta Electoral de Zona antes de que pasen siete días desde que se recibe la notificación.
A partir de ahí, la Junta resuelve -sin posibilidad de recurso- en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente. Si posteriormente cualquiera de los designados estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, debe comunicarlo al menos 72 horas antes de la jornada electoral, aportando las justificaciones pertinentes.
Son muchas las razones que se pueden esgrimir para no ostentar el cargo designado, pero generalmente en casos muy específicos: mayores de 65 años que así lo soliciten, personas con discapacidad, personas con incapacidad laboral, por el cuidado de menores y dependientes que no pueden ser atendidos por otras personas, embarazadas de al menos seis meses, mujeres que hayan sido madre en los últimos 9 meses, víctimas de algún delito con orden de alejamiento de una persona que vota en el mismo colegio electoral, haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad al menos en tres ocasiones en los últimos diez años, ser “protagonista” de un evento familiar inaplazable o cuyo aplazamiento provoque “perjuicios económicos importantes”…
El motivo principal que se suele alegar se basa en “responsabilidades profesionales”. Así, quedan exentos “quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital” como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etc. También los periodistas que deban cubrir la jornada electoral y los “profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación, que estén previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido y la no participación del mismo obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios económicos relevantes”.