El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, ha autorizado al administrador concursal a iniciar el procedimiento para vender de forma directa la unidad productiva de Hijos de Barreras S.A.U. a las tres sociedades que ya han presentado sus ofertas, tal y como había solicitado la propia empresa.
La jueza entiende que Hijos de Barreras S.A.U. ha preservado, en fase preconcursal, “los principios de publicidad, regularidad y transparencia que todo proceso de venta directa requiere”. Por ello, asegura que “no resulta necesario, y menos razonable, abrir un nuevo procedimiento concurrencial a favor de terceros”.
En un auto notificado este miércoles, 9 de febrero, la magistrada ha otorgado a los tres licitadores –Astilleros Gondán, Astilleros Armón Vigo y Marina Meridional– un plazo de diez días para que, si lo estiman procedente, puedan mejorar las ofertas que ya han presentado.
Además, ha requerido a Astilleros Gondán para que remita su propuesta en español, dado que está en inglés, mientras que a Astilleros Armón Vigo le ha solicitado que concrete la expresión “al menos 20 trabajadores”, contenida en su oferta. De esta forma, le pide que especifique el número de empleados y, al menos, sus características profesionales.
Una vez que el administrador concursal tenga conocimiento de las ofertas finales de cada licitador, se abrirá un plazo de audiencia, tanto para los representantes de los trabajadores como para la concursada, los acreedores y la autoridad portuaria, tras el cual se emitirá un informe de valoración.
La jueza señala en el auto que la administración concursal ha hecho constar en su informe sobre el proceso de obtención por parte de Hijos de Barreras S.A.U. de ofertas de compra de la unidad productiva que contactó “con 189 posibles interesados, de diferentes países y sectores empresariales”, así como que informó del proceso a la Xunta de Galicia, a la Autoridad Portuaria de Vigo y a una asociación empresarial del sector.
Todo ello disipa, según el informe, “cualquier recelo en cuanto a la regularidad, publicidad y transparencia de la preparación de la operación”. La administración concursal, además, asegura en el documento que “las gestiones directamente realizadas, con gran número de posibles interesados en la operación”, han podido ser “más efectivas que cualquier tipo de publicidad, bien sea en medios públicos y/o privados”.
En el auto, la magistrada recuerda que la unidad productiva constituye “un conjunto de medios materiales organizados a fin de llevar a cabo una actividad económica”, por lo que puede existir sin que incluya “mano de obra o trabajadores”. La jueza también destaca en la resolución que, en cualquier estado del concurso, aún en fase común, podrá ser objeto de enajenación a un tercero la unidad o unidades productivas de la concursada e, incluso, la venta del conjunto de la empresa.
Además de permitir el inicio del procedimiento para ejecutar la venta directa de la unidad productiva de Hijos de Barreras S.A.U., la magistrada ha abierto una pieza para presentar alegaciones antes de resolver sobre la petición del administrador concursal para desguazar y achatarrar los cascos de dos buques que ocupan dos de las dársenas que integran la unidad productiva de la concursada.