El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente un recurso de suplicación interpuesto por la Central Unitaria de Traballadores (CUT) contra Stellantis Vigo por vulneración de derechos fundamentales y de la libertad sindical.
En concreto, el TSXG ha condenado a la empresa al pago de una sanción de 30.000 euros al sindicato por tres vulneraciones de la «libertad sindical».
La sentencia del alto tribunal gallego declara nulo el acuerdo individual de teletrabajo y acredita tres vulneraciones a la libertad sindical por las que la empresa tiene que indemnizar a la CUT con dicha cantidad.
El fallo, que no es firme ya que contra él cabe interponer recurso de casación, declara nulo el modelo de acuerdo individual de teletrabajo, así como la decisión de la empresa de aplicarlo al existir «indicios de vulneración de la libertad sindical».
«La sentencia dictamina que, el acuerdo de teletrabajo que fue impuesto unilateralmente por la empresa es nulo y más a la vista de las diferentes cláusulas que en él se recogen», ha reivindicado la CUT en un comunicado.
El sindicato ha criticado que este acuerdo «contó con el silencio» de otros sindicatos como SIT, UGT y CC.OO., pero ahora el TSXG declara la vulneración de la libertad sindical en tres aspectos, al ser «impuesto y no negociado», al ser un acuerdo «elaborado unilateralmente intentando desvirtuar la intervención sindical» y al retrasarse la entrega de las copias de las personas en teletrabajo.
«Esta política antisindical la sufrimos día a día los representantes de la CUT, pero sobre todo la sufren nuestros afiliados en sus puestos de trabajo que corren el riesgo (por presumiblemente ser afiliados) de sanciones indiscriminadas, limitación de sus carreras profesionales, dificultades en el ejercicio de derechos que a otras personas sí se les conceden, avisos o amonestaciones«, ha lamentado la CUT.
Recurso de la empresa
Por su parte, fuentes de Stellantis Vigo consultadas por Europa Press han asegurado que la empresa recurrirá al Tribunal Supremo esta sentencia, solicitando una unificación de doctrina.
A su juicio, «hay disparidad de criterios» al respecto, con informes de la Inspección de Trabajo y de la Fiscalía o una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que dio la razón a la compañía sin apreciar vulneración de derechos en el acuerdo de teletrabajo. Por ello, aseguran que presentarán recurso.