La Audiencia Nacional ha acordado la extradición a México del exdirector general de la petrolera Pemex, Emilio Lozoya, quien validó la compra del astillero vigués Hijos de J. Barreras, para ser juzgado en dos causas por delitos que en su país constituirían asociación ilícita, cohecho y operaciones con recurso de procedencia ilícita y que en la legislación española corresponden a asociación ilícita, cohecho y blanqueo de capitales.
En un auto, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal consideran, tras examinar el procedimiento, que se cumplen todos los requisitos establecidos en la legislación para proceder a la entrega y recuerdan que Lozoya presentó un escrito el pasado 29 de junio en el que aceptó ser extraditado a su país y renunció al principio de especialidad (la prohibición de ser perseguido por hechos distintos de los que motivaron la solicitud de extradición).
Los hechos por los que está reclamado en la primera causa indican que el acusado, antes de ocupar el cargo de director general de Petróleos Mejicanos (Pemex) propiedad del Gobierno, se comprometió con la empresa Altos Hornos de Méjico (Ahmsa) representada por Emilio A., “a conseguir que la entidad paraestatal le otorgase ilícitamente contratos de obra en el país, a cambio de una cantidad de dinero, que posteriormente el reclamado utilizó para la compra de un inmueble”.
De ese modo, continúa el escrito, entre junio y noviembre de 2012, Ahmsa realizó 5 transferencias por importe de 3.400.000 dólares USA a una cuenta bancaria en Suiza, a nombre de la mercantil Tochos Holding Limited, cuyo beneficiario era el reclamado, si bien sus acciones y activos los había traspasado a su hermana Gilda.
Las transferencias desde Ahmsa a Tochos, que no mantenían relaciones ni vínculos comerciales, se efectuaron el 12 de junio y el 1, 9, 16 y 28 de noviembre. De acuerdo con la solicitud de México, desde el 4 de septiembre hasta el 20 de noviembre el reclamado formó parte del gabinete de transición del nuevo presidente electo.
Además, entre noviembre de 2010 y diciembre de 2011 Tochos Holdin ingresó en distintas cuentas bancarias cuya titularidad correspondía al reclamado un total de 60.000 dólares USA “sin causa que justificase dichos pagos”. Posteriormente, la misma empresa, ingresó en una cuenta a nombre de María del Carmen A. un importe de 2.580.000 dólares USA señalando como concepto “Ladera num 20 casa 11 Col. Lomas de Bezares”. Al día siguiente, el reclamado en calidad de comprador, adquirió dicho inmueble por la misma cantidad.
La resolución explica que en diciembre de 2013, en su calidad de director general de la empresa Pemex, Lozoya propuso al Consejo de Administración que la empresa Pro Agroindustria SA, filial de Pemex, comprase los activos de la planta de fertilizantes Agro Nitrogenados, representada por Alonso Ancira, “pese a que los diversos informes desaconsejaban la compra, dado que la planta había permanecido inactiva durante 14 años, por lo que era necesario invertir una gran cantidad de dinero para que volviese a operar con normalidad”. La compra se llevó a cabo estableciéndose como precio, excluyendo el valor del inmueble, la cantidad de 264.000.000 dólares USA. Debido a la deteriorada situación de la mercantil, apunta el texto, fue necesario llevar a cabo inversiones para su rehabilitación por valor de 450.000.000 dólares, siempre según la reclamación de las autoridades mexicanas.
La segunda causa por la que Lozoya está reclamado señala que en el año 2009 aquel ocupaba el cargo de director del Foro Económico Mundial de América Latina y mantuvo múltiples reuniones con Luis Alberto D.M., director superintendente de la empresa constructora Norberto Odebrecht en México, al que aconsejaba sobre la manera de desarrollar negocios en dicho país.
“A cambio de la ayuda prestada al Director Superintendente de Odebretch para su posicionamiento en los Estados de Veracruz, Tamaulipas e Hidalgo, en el mes de marzo de 2012, el reclamado solicitó a aquel que realizase un pago a su favor para apoyar la campaña política del partido PRI, llevando a cabo la mercantil en los meses abril a junio y en noviembre de 2012 hasta 8 transferencias por un total de 4.000.000,00 dólares USA a empresas «Latin América Asia Capital Holding LTD» y «Zecapan S.A.” vinculadas al reclamado o a su familia. Parte de dicha cantidad se destinó el día 23 de agosto de 2013, a la compra de un inmueble por 1.900.000,00 dólares USA en el Estado de Guerrero en la República Mejicana por la esposa del reclamado Marielle Helen Eckers”, según señala la documentación de extradición.
La resolución explica que como director general de PEMEX el reclamado, en el año 2013, otorgó de forma directa a la empresa Odebretch un contrato por 1.436.398.637,49 pesos mejicanos para obras en la antigua refinería de Tula, que debería haberse licitado públicamente e internacionalmente, comprometiéndose la citada mercantil a pagarle 6.000.000,00 dólares USA a cambio del otorgamiento de la obra que finalmente obtuvo, firmando el contrato de obra pública en febrero de 2014. De dicha cantidad, al reclamado le fueron abonados un total de 5.000.000,00 dólares USA, mediante 5 transferencias a la cuenta bancaria cuya titularidad correspondía a la empresa Zecapan S.A. que se realizaron los días 6 y 12 de diciembre de 2013, 24 de febrero, 11 y 20 de marzo de 2014.
En este caso, la Audiencia aplica el artículo 19 bis del Tratado bilateral en el que señala que “si el reclamado manifiesta a las autoridades competentes de la Parte Requerida que consiente en ser extraditado, dicha Parte podrá conceder su extradición sin mayores trámites y tomará todas las medidas permitidas por sus leyes para expeditar la extradición, no siendo aplicable en estos casos la regla de especialidad”.