La Sentencia del Tribunal Supremo no deja lugar a dudas; las ambulancias están exentas del pago de autopistas, tal y como recoge la Ley de Carreteras de 2015, que se basa en una anterior de 1988. Así lo recoge la sentencia con la que la Sala de lo Contencioso Administrativo resuelve el recurso interpuesto por la Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de Infraestructuras (Seopan), en representación de Audasa, gestora de la AP9.
Una sentencia que abre la puerta a la devolución de cerca de un millón de euros a los empresarios gallegos, que en los últimos años no han dejado de reclamar, sin éxito, los pagos efectuados a Audasa.
Años en los que, aclaración ministerial por medio en 2018, la AP9 se ha negado a aplicar la ley de 1988 y la posterior de 2015. Esto provocó que las empresas de la Fegam asumieran un coste en peajes de más de 160.000 euros anuales, que no pudieron repercutir en el importe del concurso con la Administración al estar “por ley” exentas de pago.
Tras la sentencia, el pasado 4 de agosto la Federación Gallega de Empresarios de Ambulancias envió un burofax a Audasa y Abertis para fijar una reunión y llegar a un acuerdo para la devolución de los importes abonados en los últimos años. Al no haber obtenido respuesta, la Fegam iniciará en septiembre los trámites para la reclamación económica por vía judicial.
El sector, en cifras
Galicia cuenta en la actualidad con 119 ambulancias del 061 repartidas por toda Galicia, más otros 400 vehículos de transporte sanitario programado. Todos estos vehículos y todo su personal dependen de los empresarios que conforman la Federación Gallega.