El primer caso ha consistido en una demanda de un cliente particular con una hipoteca a 35 años que se benefició de la anulación desde mayo de 2013 pero al que Abanca no le concedía la eliminación con carácter retroactivo, tal y como marca el dictamen europeo.
Inicialmente, el consumidor se adhirió al Real Decreto para evitar iniciar un proceso judicial pero la entidad financiera no le contestó al cabo de los tres meses. De forma inmediata, a principios de junio, los abogados presentaron la correspondiente demanda y diez días después el banco respondió, ya fuera de plazo, ofreciendo 5.056,02 euros por el dinero cobrado de más y los intereses legales.
El procedimiento continuó, ya que el hipotecado no está de acuerdo con la cifra a pesar de que Abanca, que se allanó parcialmente, se la ingresó en cuenta. Según defiende, los intereses no están bien establecidos, puesto que la entidad financiera sólo los calculó desde el 21 de diciembre de 2016 -día en el que se conoció el dictamen europeo que reconoce el derecho a la retroactividad total- y el demandante entiende que debe ser desde el inicio del cobro de cantidades indebidas.
Además, sostiene que el banco no desglosó de forma pormenorizada el dinero que se debe reintegrar sino que ofreció un dato sin detallar. El demandante pidió igualmente que el procedimiento se tramitara de forma ordinaria y no verbal, algo que a lo que accedió la jueza a pesar de la oposición de Abanca.
El representante de la entidad alegó también que el cliente, al no estar conforme con la cantidad ofrecida, debe ser quien calcule el montante que cree que se debe devolver al contar con todos los datos. Sin embargo, el denunciante solicitó que haga las cuentas la otra parte, basándose en una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, y que se realice un recálculo del cuadro de amortización, que se ve afectado al haber cuotas pagadas con intereses excesivos.
Asimismo, el abogado de la parte demandante hizo referencia a la mala actuación del banco, que en un primer momento contestó fuera de plazo al Real Decreto y que “no facilitó” el acceso del consumidor a los datos del préstamo, ya que, entre otras cosas, Abanca cobra 5 euros por imprimir el extracto de la hipoteca, necesario para que un perito pueda concretar las cuantías que el usuario puede reclamar.
Finalmente, ambas partes aportaron la documentación que consideraron oportuna, constataron la imposibilidad de un acuerdo y al no ser necesario llamar a testigos ni otro tipo de requerimientos el caso quedó visto para sentencia. La suma que se debe reintegrar quedó pendiente de ejecución de sentencia.
El tiempo que tardará en conocerse el fallo de la jueza es una incógnita. Los letrados del demandante confían en que no tarde mucho al tratarse del primer procedimiento. Existe mucha expectación en el ámbito judicial por conocer las primeras sentencias de la sala viguesa, que pueden ofrecer una pista a todas las partes implicadas sobre el criterio que seguirá la magistrada Lara Ferradás, a pesar de que cada caso sea diferente y haya que analizarlos de forma individualizada
El BBVA no se presenta
La segunda audiencia previa que celebró el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Vigo contó con la ausencia de los abogados del banco demandado, el BBVA. Con todo, a diferencia del anterior, este caso requerirá de la celebración de un juicio, ya que se tomará testimonio a la economista que elaboró el informe pericial del cliente de la entidad financiera para determinar el importe que se le tiene que devolver y la magistrada solicitó de oficio una testifical que afecta a la parte demandante.
En este caso, se trataba de la denuncia de dos titulares de una hipoteca a los que desde mayo de 2013 ya no se les aplicaba la cláusula pero que exigían la devolución con carácter retroactivo. Así, reclamaban el reembolso de las cantidades cobradas de más, los intereses legales correspondientes y el recálculo del cuadro de amortización, que en total suman cerca de 6.000 euros.
Además, se añadió la petición de eliminar el cobro de la comisión por impago de cuota del préstamo, que asciende a 35 euros, por considerarla abusiva.
Al no comparecer la parte demandada se constató la imposibilidad de llegar a un acuerdo y se estableció la fecha del juicio para el próximo 5 de octubre.
Este jueves tendrán lugar más audiencias previas en la sala viguesa. En concreto, están previstas nueve cada 30 minutos a partir de las 09.30 horas. El juzgado especializado de Vigo ha recibido más de 1.100 demandas desde su puesta en funcionamiento el pasado mes de junio.