La Gerencia de Urbanismo dará cuenta este martes de una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Vigo en el que se da la razón a una vecina de Vigo que interpuso un recurso contencioso administrativo contra una orden de derribo de la Gerencia de Urbanismo de una terraza con barandilla acristalada y un jacuzzi que fueron construidos sin licencia.
El juez, en su sentencia, ha dado la razón a la recurrente, al señalar que las obras denunciadas finalizaron en febrero del año 2014 para uso residencial y que han superado de forma holgada el plazo legal para que sean ilegalizables ya que dicha ilegalidad ha prescrito. Por tanto, ha considerado que son obras legalizables.
Hace un año que la Gerencia de Urbanismo ordenó la reposición de la legalidad en la vivienda, ubicada en el Camiño Atalaia, entre el monte de O Castro y la rúa Hispanidade. Dicho acuerdo consideraba ilegalizables las obras de una terraza con barandilla acristalada en cubierta, la construcción de 3m2 de un jacuzzi acaronada al linde sudeste da parcela y la instalación de aparatos de aire acondicionado en la fachada posterior de la vivienda.
Dicho dictamen también hacía referencia a las obras de tapado de una ventana, la sustitución de barandilla en el balón de la fachada principal, las obras de reforma interior de la vivienda y del sótano que, no obstante, consideraba que eran legalizables por lo que se exigía que en un plazo de tres meses se presentase el proyecto de legalización.
La recurrente alegó que se había producido la prescripción de la infracción porque habían transcurrido más de seis años desde que la obra concluyó y que, además, se trataba de obras legalizables. Aportó a modo de pruebas fotografías de Google Maps que confirmaban que en mayo de 2024 las obras estaban terminadas.
El Concello de Vigo se opuso a la demanda con su correspondiente escrito de contestación en fecha 4 de octubre de 2024, en el que solicitó la íntegra desestimación del recurso, con imposición de costas a los demandantes.
Lo único que no ha logrado el «indulto» del juez ha sido el aparato de aire acondicionado, para el cual, señala la sentencia, se debe aportar un título habilitante para lo cual debe concederse a la propietaria un plazo para que proceda a su legalización.
El juez ha condenado además al Concello al pago de las costas.