El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha avalado de nuevo el modelo de cofinanciación de los centros de día públicos de Vigo, tras desestimar el recurso contencioso-administrativo presentando por el Ayuntamiento. El gobierno municipal había recurrido las liquidaciones del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar correspondiente a los centros de Teis, Coia y Valadares por los dos semestres de 2018 y 2019 y el primer semestre de 2020.
El importe adeudado por el Ayuntamiento de Vigo asciende a 815.000 euros. Los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSXG concluyen que estas liquidaciones no incurren en las causas de nulidad esgrimidas por el Ayuntamiento porque «se trata de asumir el financiamiento de unos servicios atribuidos por la legislación autonómica a los entes locales».
Para su prestación, recuerda el tribunal, «se optó por la fórmula de cooperación» entre administraciones. En concreto, la sentencia recuerda que este servicio es de carácter local y su gestión fue asumida por el consorcio autonómico «a instancias del propio Ayuntamiento» y de forma voluntaria.
Además, el TSXG rechaza también la cuestión de inconstitucionalidad expuesta por el gobierno vigués, dejando claro a raíz de diversas sentencias del Tribunal Constitucional que las comunidades autónomas son «competentes» para decidir sobre la descentralización o centralización de servicios y para ordenar el proceso competencial y el traspaso de recursos.
Añaden los magistrados en su resolución que el Concello de Vigo podría haber manifestado su voluntad de desvincularse del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar «y no lo hizo», por lo que las liquidaciones se ajustan al régimen jurídico del cofinanciación.
Este modelo, recuerda desde la Xunta de Galicia, está vigente desde 2017 y fue avalado por la Federación Gallega de Municipios y Provincias, por lo que es de aplicación en todos los ayuntamiento que lo integran.