El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el ex alcalde pedáneo de la Entidad Menor de Bembrive, en Vigo, Roberto Ballesteros contra la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que el pasado 30 de marzo le condenó a dos años y dos meses de prisión y a siete años de inhabilitación para cargo y empleo público por un delito de malversación y otro de prevaricación.
Ballesteros apeló la sentencia por vulneración del derecho de presunción de inocencia, al considerar que no existe prueba de cargo suficiente, a lo que el alto tribunal gallego ha replicado que cuando se trata de declarar acreditada de manera suficiente la hipótesis acusatoria, el canon de suficiencia probatoria debe ser, en virtud del principio de presunción de inocencia, particularmente exigente, como considera que ha sido.
Tampoco ha prosperado la apelación interpuesta por el representante de la empresa de construcción Quintela Carrera S.L, condenado a un año y 15 días de prisión como autor criminalmente responsable de un delito de falsedad en concurso con un delito de malversación.
Del TSXG ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial según la cual, entre ambos simularon la contratación verbal de un obra por valor de 7.800 euros más 1.638 de IVA en Plaza da Cruz que nunca se ejecutó y cuyos conceptos coinciden con las partidas incluidas en una factura anterior con otra empresa para la realización de una obra en el mismo lugar que sí se ejecutó.
La factura se presentó en la Entidad Local Menor de Bembrive y fue firmada por el alcalde pedáneo “desoyendo los reparos y advertencias efectuadas por el Interventor y Secretario de la Entidad Local”, dado lugar a una salida injustificada de fondos públicos del ente local.
En la sentencia recurrida se señala que “la Sala no alberga duda” de que las obras “nunca fueron ejecutadas” y que resulta “totalmente inverosímil” la declaración de los acusados. Tanto la Audiencia como el TXJG entienden que los acusados, con su actuación, dieron un destino irregular y contrario a la ley a fondos públicos.
Roberto Ballesteros ya cumple actualmente una pena de siete años de inhabilitación para cargo público tras ser declarado culpable de otro delito de prevaricación por haber suspendido en junio del 2013 las retribuciones de los vocales del PP en la Entidad Local, pese a haber sido advertido de la ilegalidad por el secretario-interventor. La sentencia del TSXG puede ser recurrida aún al Tribunal Supremo.