Berto Pirata y María Salinas volverán a intentar contraer matrimonio este próximo miércoles, 26 de mayo (12.30h.) en los juzgados de Vigo. La pareja, que ha interpuesto una querella contra la magistrada por no casarlos debido a su indumentaria el pasado 23 de abril, irán igualmente vestidos: él, caracterizado de Jack Sparrow y ella con el traje tradicional gallego pues alegan que no hay ninguna ley que se lo impida. Esta boda va acompañada de un proyecto solidario que sigue recaudando fondos para diferentes asociaciones a través de su página de Facebook Elefantes de papel.
La pareja ya anunció el pasado 4 de mayo que continuarán la vía judicial contra la jueza que el pasado mes de abril se negó a casarlos en Vigo por ir al juzgado «disfrazados». Ambos tienen «pleno convencimiento de que la actuación de la magistrada no fue ajustada a derecho, y, sobre todo, profundamente injusta y arbitraria».
Ambos se presentaron el día 23 de abril en los juzgados vigueses para contraer matrimonio. María Salinas acudió con el traje de gallega que su madre le confeccionó durante años, mientras que Berto estaba vestido de Jack Sparrow, disfraz con el que lo conocían los niños del campo de refugiados de Idomeni. Pero la jueza se negó a casarlos al entender que el novio no iba con la indumentaria adecuada.
Tras la negativa, ese mismo día interpusieron una denuncia en el Juzgado de Instrucción número 8 de Vigo. Unos días después, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia informaba de que se había archivado tal denuncia contra la jueza al estar aforada y no existir causa que pudieran justificar la elevación de la causa al alto tribunal gallego.
Los motivos del archivo fueron formales, al dirigirse la acusación contra una magistrada, ya que debe interponerse formalmente a través de querella, y de fondo, al considerar que “no se desprenden hechos con relevancia penal” en la actuación de la magistrada.
Ahora, tras el asesoramiento legal, Berto y María señalan que admiten la objeción formal, pero no así la sustancial. Por ello, han tomado la decisión de no recurrir dicho auto, dejando que adquiera firmeza y así poder dejar expedita la vía para interponer una querella con todas las formalidades oportunas. «Con la interposición de la misma, se interesarán que por parte del juzgado se desarrolle la mínima actividad instructora necesaria para poder valorar si realmente ha existido o no conducta con alcance penal por parte de la magistrada«, aseguran.