El juzgado de lo Contencionso Administrativo 2 de Vigo ha desestimado un recurso interpuesto por un vecino de la ciudad, que denunciaba la inactividad del Ayuntamiento ante la contaminación acústica generada por la campaña navideña del año 2022-2023.
En la sentencia, el juez expone que el recurrente erró al acudir a este cauce procesal porque presentó una reclamación en el Ayuntamiento el 19 de diciembre de 2022 y la campaña navideña finalizó el 16 de enero de 2023, por lo que no se agotaron los tres meses que, por normativa, la administración tiene para responder a las reclamaciones.
Igualmente, el magistrado considera que el recurrente no está legitimado para actuar en defensa del interés general de todos los vecinos, y apunta que, en su recurso, no presenta pruebas concretas sobre los perjuicios específicos que él sufrió. Además, recuerda la sentencia, no consta que hubiera presentado denuncias ante la Policía Local ni que hubiera reclamado mediciones sonométricas para comprobar si los niveles de ruido se ajustaban a la normativa.
Por otra parte, el titular del Contencioso Administrativo 2 de Vigo señala que no se puede hablar de inactividad por parte del Ayuntamiento ya que en los propios pliegos de las actividades se contemplan las limitaciones de volumen de las atracciones y las limitaciones horarias en el sistema de megafonía.
El juez añade que, además, el propio Ayuntamiento encargó un estudio a una empresa especializada, que prueba que los niveles de ruido no eran desmedidos y, en el caso concreto del entorno de la vivienda del recurrente (a más de 350 metros de la zona donde estaba la noria, el mercadillo y otras atracciones), el ruido era especialmente bajo o apenas perceptible.
Valoración de Abel Caballero
El alcalde de Vigo, Abel Caballero, ha expresado su satisfacción por esta sentencia «absolutamente favorable al Ayuntamiento y a la Navidad», y ha proclamado que «ésta es la segunda sentencia contenciosa favorable al Ayuntamiento» con respecto a los ruidos de la campaña navideña, antes de añadir que hay «una sentencia del TSXG que dice que la Navidad puede seguir y debe seguir».
En efecto, el juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Vigo desestimó un recurso similar, en ese caso interpuesto por una vecina de la zona de Areal (epicentro de las actividades navideñas), por considerar que el Ayuntamiento había tomado medidas frente al ruido y al no ver probada una exposición continuada en el tiempo a esa contaminación acústica.
Tanto la Fiscalía como la vecina presentaron recurso ante el TSXG y el alto tribunal gallego, en una sentencia de junio pasado (a la que ha hecho referencia el alcalde este jueves), condena al Ayuntamiento por vulneración de derechos fundamentales.
En dicha resolución, revocó la sentencia del juzgado vigués y determinó que el ruido padecido por la apelante «tuvo carácter persistente», condenando al Ayuntamiento a indemnizarla en 600 euros y a tomar medidas para «evitar la reiteración de su conducta lesiva».
El gobierno municipal interpretó esa sentencia del TSXG como una derrota de PP y BNG porque el alto tribunal «no cuestiona» las celebraciones, mientras que los grupos de la oposición pretendían «parar y apagar la Navidad de Vigo».