La Plataforma Galega de Afectados por Comunidades de Montes ha informado este martes de la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de no admitir el recurso de casación interpuesto por dos hermanos contra la sentencia que otorga a la Comunidad de Montes de Santa Mariña de Cabral la titularidad de un terreno de Cotogrande que ellos habían heredado de varias generaciones atrás.
A través de un comunicado, lamenta el desenlace de un largo proceso que, afirman, «augura muchas otras sentencias similares mientras la Administración no frene este despropósito y actúe con celeridad contra este modo de aprovecharse de la legislación para anexionarse propiedades». «Es un procedimiento que llega a su final a pesar de que el presidente de la entidad siempre defendió públicamente que ellos solo reclaman títulos a las administraciones, empresas o, según ya aseguró recientemente, grandes propietarios», critica la asociación en su nota.
En este caso concreto, añade, no se trata de grandes propietarios sino de dos hermanos que poseían un terreno de unos 1.650 metros cuadrados que limita con la Avenida do Tranvía, en Peinador. «En realidad, esta es solo una de las distintas demandas que presentó contra particulares para exigirles sus terrenos, con o sin vivienda», reprocha la Plataforma Galega de Afectados por Comunidades de Montes, que menciona que existen al menos otros cinco casos de procedimientos judiciales emprendidos por los comuneros de Cabral para hacerse con fincas privadas de poca entidad, procesos que iniciaron su tramitación en distintos juzgados de Vigo entre 2019 y 2021. En junio del año pasado, otro tribunal rechazó la pretensión de los comuneros de hacerse con la titularidad de otra finca particular, esta vez en manos de una empresa, pero no es una decisión todavía en firme.
«El argumento de los comuneros para lograr la titularidad de estas parcelas y expulsar de ellas a sus actuales propietarios es siempre el mismo: que la propiedad del monte es de ellos desde tiempo inmemorial y que esta quedó plasmada en levantamientos administrativos de la última década del siglo XIX», añade el escrito, en el que precisan que en el caso de los dos hermanos de esta primera sentencia firme existía una inscripción en el Registro de la Propiedad desde hacía varias décadas. «Como el resto de vecinos demandados, ellos también estuvieron muchos años poseyendo sin problemas el terreno hasta que la comunidad de montes comenzó inesperadamente su campaña de reclamaciones», indican.