Los vecinos de Mos no tienen derecho a disfrutar de un precio especial en el transporte público urbano a través de bononús. Lo acaba de decir un juez en clara oposición a la resolución dictada hace unos días por un compañero respecto a los vecinos de Redondela. Además, se muestra en clara concordancia con el criterio de empadronamiento.
El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Vigo ha rechazado el recurso del Concello de Mos contra los descuentos que se ofrecen a los empadronados en la ciudad. La sentencia, hecha pública este sábado por el concello vigués, es totalmente opuesta, también en sus razonamientos, a la emitida por el Contencioso Administrativo número 1 de Vigo sobre el recurso de Redondela.
«Los vecinos de Mos ni contribuyen al sostenimiento de la competencia exclusiva del Concello de Vigo que se traduce en la prestación del servicio público del transporte urbano de Vigo, ni tampoco les asiste el derecho a exigir su prestación por ese Concello del que no son vecinos. Si no están legimitados, en el sentido más amplio, para reclamar la prestación del servicio público, menos aun lo estarán para discutir sus tarifas».
Sin legitimación y extemporánea
Así de claro y rotundo se muestra el titular del juzgado vigués en la resolución en la que inadmite el recurso planteado por el Concello de Mos. «Inadmito por carencia de legitimación y por su extemporaneidad», apunta en su resolución.
El magistrado argumenta que el Concello de Mos «no puede discutir el modo y manera en que se arbitra o gestiona el servicio público de Vigo, porque no es de su competencia, porque no discurre por su territorio, porque no participa en su gestión, porque sus vecinos, igual que los de Móstoles, por ejemplo, no son los destinatarios principales».
El fallo judicial es muy rotundo también a la hora de señalar que el Concello de Mos no se opuso a la decisión del Concello de Vigo de introducir el criterio de empadronamiento. Señala la sentencia que Mos se opuso al cambio de tarifa, pero no a la decisión original de introducir el padrón como requisito.
«Conexión más intensa con Redondela»
En esta sentencia sobre Mos el juez también cita la resolución de su compañero respecto de la reclamación del Concello de Redondela sobre el bonobús. «Se pone de manifiesto una conexión más intensa de los vecinos del término municipal de Redondela en relación con el uso de ese servicio que la que pudiera tener cualquier tercero ajeno al mismo. Nada de eso se ha alegado, menos probado en nuestro caso (Mos)».
Así, este juez declara que los vecinos de Mos no tienen derecho a la Pass Vigo. Contra esta sentencia, emitida el 13 de febrero, cabe recurso ante el mismo juzgado, para su posterior remisión al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en el plazo de 15 días.