El Contencioso Administrativo nº1 de Vigo ha emitido una sentencia denegando la solicitud de suspensión de obras que el Concello está desarrollando en la Porta do Sol. La Asociación Viguesa por la Defensa del Patrimonio Histórico, una comunidad de propietarios de un edificio de Elduayen y un negocio de la zona habían solicitado medidas cautelares de paralización mientras se tramita el proceso en el que solicitan la anulación del proyecto, pero el magistrado ha denegado la petición.
Según explicó en rueda de prensa el alcalde, Abel Caballero, el juzgado fue “contundente” al asegurar que “no ha lugar a la paralización de la obra” desestimando, por tanto, la medida solicitada. En su comparecencia ante los medios, el regidor se hizo eco del contenido textual de la resolución. “De la documentación aportada, de los informes de carácter técnico confeccionados por la administración demandada y de la declaración prestada en el marco de esta pieza separada por parte de uno de los autores del proyecto, se desprende que no es necesaria la paralización de la obra», señaló.
“En efecto, el sistema de ejecución por el que se ha optado es lento, oneroso y seguro, a medio de la instalación de pantallas de micropilotes (se colocan, se arriostran y después se excava) que apenas provocan vibraciones y que eliminan peligro de descompensación de él terreno”, aseguró Caballero. “Esos trabajos han venido precedidos por los estudios geotécnicos y un análisis exhaustivo del terreno mediante catas de todo tipo y mediciones de todos los sótanos, que en el suelo descartan el riesgo de colapso sobre edificios colindantes, sino que aseguran una mejora de su cimentación”, añadió.
El alcalde también apuntó que “de todos modos, sí es factible hacer algo más: confeccionar un mapa de tipología y características de las cimentaciones de las edificaciones existentes en el trazado en la parte en que se halla la vía pública. De esta manera, si conocerá apriorísticamente cualquier pormenor que pudiera comprometer la seguridad de los inmuebles colindantes con los trabajos”.
Según Caballero, la única observación que hizo el juez ya está cumplida, dado que el Ayuntamiento ya tenía en redacción dicho mapa, que ya fue remitido al juzgado. El regidor concluyó su intervención leyendo otros párrafos de la resolución: “Finalmente, quedó acreditada la inexistencia de afectaciones de las edificaciones de la calle Elduayen por la ejecución del túnel. Teniendo en cuenta el contenido del objeto del recurso, no cabe albergar duda de que, precisamente, la suspensión pretendida provocaría una afectación negativa de ese interés público, que se erige en un plano superior al interés particular de los recurrentes, el cual debe prevalecer en este caso, en el que se trata de ejecutar un proyecto que entraña una indudable importancia cualitativa y una afectación significativa de dinero público”.