La Gerencia de Urbanismo que se celebra el próximo martes, 8 de abril, dará cuenta de la resolución definitiva de un expediente de la protección de la legalidad urbanístico por la ejecución de unas obras que considera ilegales en el número 14 de la rúa Fontiñas de Arriba, en la parroquia viguesa de Cabral.
Según el expediente municipal, se trata de un ‘esqueleto’ con una larga trayectoria de actuaciones que ya dio comienzo hace casi 10 años y que volvió a ponerse encima de la mesa del departamento municipal de Urbanismo en enero del año 2024, siendo en el mes de abril cuando se resolvió iniciar un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística sobre esta parcela.
Tras ello, la parte interesada presenta un escrito en el Concello donde alega que la construcción «no es una edificación sino un porche que se realizó en el año 1991» -es decir, hace 34 años- y que el vecino del lugar «se apropió de parte de la parcela».
En febrero de este año 2025, la arquitecta municipal emitió informe técnico por una presunta infracción urbanística. De este modo, en el expediente que este próximo martes pasará por la Gerencia de Urbanismo se refleja que las obras «en curso de ejecución, sin que conste título habilitante municipal» están compuestas «por una planta a base de estructura de hormigón armado de pórticos y forjado unidireccional con una ocupación de unos 35 metros cuadrados».
Así, indica a continuación que «no es compatible con el ordenamiento urbanístico» y que «no cumple por lo menos» con el parámetro de «recuadro frontal mínimo de 4 metros que determina la ordenanza de aplicación», por lo que, como concluye, «no resulta legalizable».
Es por todo ello por lo que, tras revisar toda la documentación y otorgar los plazos establecidos en la normativa, sentencian y declaran definitivamente que las obras son ilegales, requiriendo a sus propietarios a que procedan por su cuenta -en el plazo de tres meses- «a su demolición y reposición de la obra al estado anterior».
Y advierten de que, en caso de incumplimiento de la orden de demolición, la Administración «procederá a la ejecución subsidiaria de la misma o a la ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas, reiterables mensualmente hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado y en una cuantía de 1.000 a 10.000 euros cada una», reza el expediente municipal.