El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este lunes, 31 de marzo, el Plan experimental para la gestión del pulpo (Octopus vulgaris) para la campaña 2025/26, que establece un paro biológico durante todo el mes de abril y una veda, como viene siendo habitual, en los meses de mayo y junio.
En ambos casos, tanto la parada temporal como la veda tratan de ajustar la gestión de la actividad pesquera al ciclo de vida del pulpo, manteniendo la protección de las hembras reproductoras y la sostenibilidad del ciclo de puesta, así como la protección de los ejemplares juveniles de tamaño inferior a la talla mínima de captura, con el fin de conseguir un aumento de las capturas en los meses posteriores al cierre de la pesquería y una recuperación significativa de la especie en las dos campañas siguientes.
El objetivo de este plan es reajustar la gestión pesquera al ciclo de vida de la especie para evitar que la caída de la producción de pulpo continúe en los próximos años. Estas nuevas medidas tratan de frenar además la sobrepesca de la especie y la saturación de los mercados en los inicios de la campaña, mejorando la rentabilidad de esta actividad pesquera.
Este paro biológico afecta a todas las de competencia de la comunidad autónoma de Galicia para todas las embarcaciones con artes menores que tengan las modalidades de nasa para pulpo y línea o cordel, en su variante a rañeira, en su permiso de explotación y con puerto base en esta comunidad, así como para aquellas que, teniendo puerto base en otras comunidades autónomas, tengan permisos especiales de pesca para faenar en dichas aguas.
Por tanto, durante la parada temporal de la actividad y la veda biológica queda expresamente prohibida la captura, tenencia a bordo, transbordo, desembarco, almacenamiento, venta o comercialización del pulpo, por medio de cualquier arte, en aguas de competencia en marisqueo de la Comunidad Autónoma de Galicia. Las embarcaciones dedicadas a la captura de pulpo con nasas deberán retirar estas de su calado y llevarlas a puerto. Asimismo, los períodos de parada temporal de la actividad y veda biológica serán aplicables a la pesca marítima de recreo y a las capturas logradas con cualquier otra arte distinta de la nasa para pulpo.
Desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto de 2025 la cuota máxima será de 35 kg por barco y día, al cual se le añadirán 35 kg/día por cada tripulante enrolado y a bordo, hasta un máximo de 240 kg/día.
En lo que resta de campaña la cuota máxima será de 55 kg por embarcación y día, al cual se le añadirán 55 kg/día por cada tripulante enrolado y a bordo, hasta un máximo de 380 kg/día.
En función de la evolución de la campaña y debido a circunstancias que lo justifiquen, las cuotas máximas diarias de captura y desembarco podrán ser sustituidas por topes semanales, durante el tiempo en el que permanezcan vigentes las circunstancias que motivaron dicho cambio de topes diarios a topes semanales.