El juicio contra varios empresarios gallegos y lusos acusados de traficar con un gas refrigerante prohibido (por destruir la capa de ozono) se celebrará desde este lunes en la sede viguesa de la Audiencia Provincial -está fijado durante cuatro días hasta el jueves-, después de que en marzo de 2022 un juzgado de lo penal de Vigo decidiese derivar este caso a la instancia provincial debido a que el delito que se juzga puede llevar aparejadas penas de prisión superiores a su competencia.
La Fiscalía pide penas de más de 2 años de cárcel, así como multas que van de 54.000 a 72.000 euros, para varios empresarios y sus sociedades que están acusados de comerciar con gases refrigerantes prohibidos.
Según el escrito de acusación del ministerio público, uno de los acusados es responsable de una empresa afincada en la ciudad olívica y que, al menos desde 2010, vendía gas clorodifluorometano, conocido por su nombre comercial como gas R22, que se utiliza para refrigeración industrial y de buques.
La venta de este gas está prohibida por normativa europea debido a que se trata de un producto que destruye la capa de ozono, aunque se contempla la excepción de que se pueda importar, reenvasar y exportar a otros países no comunitarios. También se permite vender en territorio de la UE si previamente se regenera.
La Fiscalía sostiene que esta empresa y su responsable vendieron el gas sin regenerar, a sabiendas de que estaba prohibido, a otras empresas, que también están acusadas en este procedimiento junto a sus responsables, y a buques.
El ministerio público los considera responsables de un delito de tráfico ilegal de sustancia destructora del ozono, y solicita para cada de las cuatro personas acusadas en esta causa (dos de ellas con documento portugués) la pena de 2 años y 3 meses de cárcel, multa de 66.000 euros y 9 años de inhabilitación para comerciar con gases refrigerantes.
Para la empresa gallega que vendía el gas pide multa de 72.000 euros y la prohibición de realizar operaciones de comercio de gases refrigerantes durante 2 años; para otra empresa gallega que compraba el producto y lo distribuía pide multa de 54.000 euros, la misma multa que para otra empresa portuguesa que adquirió el gas.