La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a una funcionaria del Servicio Galego de Saúde (Sergas) del delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público del que estaba acusada por acceder al historial clínico de su hija.
El tribunal considera acreditado que la investigada, entre el 11 de junio de 2012 y el 2 de abril de 2014, «hizo uso de su usuario y clave de acceso personal» para entrar en 25 ocasiones a la historia clínica de la querellante, pero subraya que lo hizo sin que su hija, durante ese tiempo, «le retirara el consentimiento o le prohibiera el acceso».
El tribunal señala en la sentencia que existe «base probatoria suficiente» para sustentar «la existencia de un consentimiento tácito y generalizado de los hijos de la acusada, también de la querellante, respecto de su madre, para acceder a sus historias clínicas cuando lo precisaban», al tiempo que destacan que «era algo normal en el seno familiar, que no generaba ningún tipo de controversia y del que se beneficiaban todos los integrantes de la familia, sin duda, la propia querellante».
Los magistrados explican que es «indiferente» el número de veces que la acusada haya accedido a la historia clínica de su hija, así como el determinar si esas entradas eran o no justificadas, lo que afirman que, en su caso, «habría sido relevante en el expediente administrativo que le fue aperturado por esos accesos». Los jueces recalcan que lo relevante es «si hubo o no hubo consentimiento de la titular de los datos médicos» y concluyen, tras el examen de la prueba practicada, «que siempre hubo un consentimiento tácito, que nunca le fue retirado«. Además, afirman que el testimonio de la perjudicada está «lleno de inconsistencias y de inexactitudes». Contra el fallo cabe presentar recurso de apelación.