La sección quinta de la Audiencia provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha acogido este martes una vista de conformidad en la que cuatro empresarios han sido condenados a tres meses de cárcel cada uno y multa de 7.200 euros por comerciar con gases refrigerantes prohibidos.
La Fiscalía pedía inicialmente penas de dos años de prisión y multas de entre 54.000 y 72.000 euros. Finalmente tras el acuerdo las penas a las personas físicas han quedado reducidas a tres meses de cárcel y 7.200 euros de multa, con la aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, y con suspensión de la ejecución de la condena por dos años, a condición de que no delincan en ese tiempo.
Para la única empresa acusada se ha impuesto una multa de 45.000 euros y el comiso de los gases almacenados.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía uno de los procesados, responsable de una empresa afincada en Vigo, vendía gas clodifluorometano, cuyo nombre comercial es gas R22, y que se utiliza para refrigeración industrial y de buques.
La normativa europea prohíbe la venta de este producto porque destruye la capa de ozono aunque se contempla la excepción de que se puede importar, reenvasar y exportar a otros países no comunitarios