La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a un fisioterapeuta y osteópata a un año de cárcel, como autor de un delito de abusos sexuales cometido sobre una paciente a la que atendió en su clínica de Vigo.
Además, le ha impuesto la prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio por el plazo de cinco años; la inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión u oficio durante seis meses; y la medida de libertad vigilada durante un año.
El procesado también deberá indemnizar a la víctima con 2.000 euros.
El tribunal lo ha absuelto del resto de delitos por los que fue acusado respecto a otras tres pacientes y por el que se enfrentaba a una petición de condena de 13 años.
La Sala considera probado que, mientras la víctima se hallaba tumbada en la camilla y con el deseo de satisfacer su ánimo libidinoso, «le acarició sin finalidad terapéutica los pechos bajo el sujetador».
En la sentencia, el tribunal relata que, posteriormente, y aprovechando la oportunidad que le facilitaba limpiar el aceite utilizado sobre el cuerpo de la víctima, con idéntica finalidad y de manera innecesaria, le tocó los genitales.
Los magistrados consideran probado que, terminada la sesión, mientras la afectada se vestía sentada en la camilla, «con la intención de satisfacer su instinto sexual y mientras le exhibía unos vídeos deportivos», le pasó la mano por detrás de la cintura, apoyándose con su mano en ella, para acariciársela con los dedos.
La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.
El fallo cuenta con el voto particular de una magistrada, quien entiende que debería de haberse dictado un pronunciamiento absolutorio, pues considera que «no se aprecian pruebas claras, precisas y concluyentes de la realidad de lo ocurrido».