El Juzgado de Instrucción número 1 de Vigo ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta sobre el incendio de un edificio de la calle Alfonso X El Sabio, sucedido durante la madrugada del pasado 11 de octubre, en el que fallecieron una madre y sus tres hijos y resultaron heridas varias personas.
La magistrada explica en el auto que, tras practicarse las diligencias de instrucción oportunas, no resulta debidamente justificada la perpetración del delito que motivó la formación de la causa. Así, incide en que no resultan indicios “que objetiven la comisión de infracción penal” ni que el incendio “obedezca a actuación delictiva alguna”.
La jueza explica que es “especialmente relevante y significativo” el informe técnico policial sobre las causas y el origen del incendio, elaborado una vez concluidos los informes del Laboratorio Químico de la Unidad de Análisis Científicos de la Comisaría General de Policía Científica y a la luz de la específica inspección técnico policial de la Brigada de Policía Científica.
El informe, según indica en el auto, ha permitido determinar la existencia de un único foco inicial del incendio, que se situó en el lugar donde se encontraba el cuadro eléctrico, en el portal, junto a los buzones, cuyo estudio llevó a la localización de dos tramos distintos de cable de hilos de cobre, los cuales presentan empalmes, con rigidez en varias zonas derivadas de la fusión y soldadura de sus hilos por calor interno, es decir por sobreintensidad.
El calor y el humo generados, según el informe de la policía científica, subieron por el hueco de las escaleras, causando daños de distinta consideración en las distintas plantas, de mayor intensidad en las más próximas al portal.
Además, desde ese foco inicial progresaron hacia la puerta del portal, donde se encontraban varias bicicletas y un ciclomotor, que por sus características y elementos (plásticos, gasolina y aceites) implicaron una gran carga de combustible, la cual provocó un aumento de las llamas, el calor y el humo, que, por el efecto chimenea, ascendió por el hueco de las escaleras hacia las plantas superiores. El sobreseimiento provisional y archivo de la causa no es firme, pues contra la resolución cabe interponer recurso.