El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de cinco años de prisión que la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra le impuso a un hombre que besó en la boca e intentó realizarle tocamientos por debajo de la falda a una menor de seis años, a la que abordó en el portal de su domicilio, situado en Vigo. El tribunal considera probado que el acusado, tras ver a la víctima, quien iba con su hermano de ocho años, entrar en un inmueble, accedió detrás de ellos, agarró por el cuello a la niña, la besó en la boca y metió su mano por debajo de la falda para tocarle sus partes íntimas. Sin embargo, no consiguió su propósito ante la rápida intervención de la pareja de la madre, quien iba detrás de los niños.
El tribunal considera que no se ha vulnerado la presunción de inocencia del investigado, pues subraya que «existe una prueba directa de los hechos». Así, destaca que a la declaración de la menor se suma la de la pareja de la madre, testigo directo de lo sucedido. Además, indica que hay corroboraciones periféricas como la declaración de otro testigo que estaba en el portal de al lado, la de la madre de la niña y la del policía que acudió al edificio. «Todo ello, supone una prueba, no solo suficiente, sino contundente, para destruir la presunción de inocencia, lo que comporta la desestimación del motivo», apunta la Sala de lo Civil y Penal.
En cuanto a la eximente completa de trastorno psíquico que solicita el condenado que se tenga en cuenta, el TSXG recalca que, tal y como consta en la sentencia de primera instancia, los forenses manifestaron que el acusado era «plenamente consciente de sus actos, que carece de patología orgánica y de déficit intelectual y que no hay constancia de deterioro cognitivo, tan solo una merma leve de su capacidad volitiva», por la cual ya ha sido tenida en cuenta la atenuante de trastorno psíquico.