La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la sentencia que absuelve a un hombre de abusar sexualmente de dos menores de 13 años en Vigo, una de ellas hija de una amiga. Los magistrados del alto tribunal gallego han ordenado la devolución de las actuaciones a la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, para que otro tribunal vuelva a enjuiciar los hechos.
El Superior destaca que existen «elementos probatorios que ciertamente no han sido considerados en toda su extensión por la sentencia apelada», entre los que enumera la transcripción de la conversación por wasap entre el acusado y una de las menores, las declaraciones de esa menor y el informe psicosocial sobre la credibilidad de las dos niñas.
La Fiscalía solicitó que el sospechoso fuese condenado a catorce años de prisión, pues considera acreditado que exigía a las menores que le enviasen fotografías de contenido sexual y, a cambio, les daba dinero. El imputado, absuelto de dos delitos de abuso sexual, fue castigado con un año de prisión por cometer un delito de tenencia ilícita de armas porque guardaba en su oficina un bastón metálico con mecanismo de disparo en su interior. «Se trataba de un bastón pistola en buen estado de conservación y con funcionamiento adecuado», según consta en la sentencia de la Audiencia Provincial.
«No existen elementos que permitan la interrelación entre el ánimo espurio de la madre de una de las menores y la versión de la amiga de su hija y, por supuesto, también es de considerar el escaso lapso de tiempo que habrían tenido las menores para conciliar una versión concurrente una vez adoptada por la madre de una de ellas la decisión de denunciar», explica el TSXG en la sentencia.
Además, el tribunal sostiene que las «discordancias» entre lo manifestado por una de las niñas al denunciar los hechos, ante el juzgado de instrucción y durante el juicio, se refieren «a elementos circunstanciales que no alteran los hechos sobre los que se asienta la denuncia». Los jueces de la Sala de lo Civil y Penal también recalcan que existen «elementos que es difícil que partan de la imaginación de la menor» y advierten de que la sentencia de primera instancia «afirma la falta de veracidad de los hechos relatados por la menor sin justificar adecuadamente tal circunstancia, sobre todo si se repara en que el propio acusado reconoció la recepción de fotos en el juzgado de instrucción».
El TSXG también argumenta que en el fallo recurrido «se obvia la documental consistente en el examen de los wasaps que fueron intervenidos en la conversación del acusado con una de las menores, en los que queda de manifiesto lo que podría denominarse un modus operandi idéntico al versionado por su amiga». En los mensajes, según señala el TSXG, se le exige que oculte a su madre las intenciones del acusado de llevarla a un monte, «hay una expresa petición de fotos explícitas» y constan frases como «eres una chica especial». Además, según el Superior, el examen de las declaraciones de las menores que realiza la sentencia de instancia «no se corresponde con el informe psicológico del Imelga, según el cual en ambos casos se trata de relatos creíbles».