La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, celebrará este miércoles, a puerta cerrada, un juicio contra un acusado de un delito continuado de agresión sexual a una menor con la que tenía relación de familiaridad, y que se enfrenta a 15 años de cárcel.
Los hechos ocurrieron en el domicilio en el que residían, entre enero de 2018 y marzo de 2019, y el ministerio público pide que, además de la pena de prisión, se prive al acusado de la patria potestad durante 6 años, y que se le prohíba acercarse a menos de 500 metros de la menor o comunicarse con ella por un período de 18 años.
También reclama la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante un tiempo superior en cinco años a la pena impuesta. Con respecto a la responsabilidad civil, pide que indemnice a la víctima en 6.000 euros por los daños morales causados.
Juicio en Pontevedra
Por otra parte, el martes se celebrará en Pontevedra, en la sección segunda de la Audiencia Provincial, un juicio contra un hombre también acusado de un delito de agresión sexual sobre menor de 16 años. Acusado y víctima tenían una relación de convivencia y los hechos que serán juzgados ocurrieron en el verano de 2019.
La Fiscalía pide que el procesado sea condenado a 12 años de prisión y que se le prohíba comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante un período de 3 años, además de una indemnización de 10.000 euros por daños morales. Asimismo, pide la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior en 2 años al de la duración de la pena de prisión que resulte impuesta.
También solicita para él la pena de libertad vigilada durante 3 años, a ejecutar después de la pena privativa de libertad, consistente en la prohibición de acudir a eventos, espectáculos públicos, privados o deportivos, recintos o acontecimientos públicos o deportivos destinados a menores de edad; prohibición de llevar a cabo actividades de carácter laboral, participativo, lúdico o deportivo organizadas, en las que intervengan menores; prohibición de aproximarse a los recintos en lo que se estén llevando a cabo tales espectáculos o eventos a una distancia inferior a 500 metros y sometimiento a programa de educación sexual.