El Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo ha absuelto del delito de abandono de familia a unos padres que en enero de 2022 desescolarizaron a sus hijas, del centro en el que cursaban 2º y 6º de Primaria, para que asistiesen a clases ‘online’ de una academia de California (Estados Unidos).
En la sentencia, que no es firme ya que contra ella cabe presentar recursos, la titular del Juzgado ha señalado que, en el ámbito penal, la falta de escolarización de los menores «no va unida» a una situación de desamparo o riesgo social del menor, que «no se ha probado».
Así, la magistrada ha señalado en la sentencia que el 3 de marzo el director del centro escolar «les indicó la no procedencia de la baja», por lo que los convocó «a reuniones en las que se explicó la improcedencia de la enseñanza telemática».
Además, ha explicado que el 19 de mayo de 2022 acudieron a una comparecencia en Fiscalía de Menores, en la que los advirtieron de lo mismo, pero «continuaron sin llevar a sus hijas al colegio».
En la resolución, la jueza ha puntualizado que «quedó acreditado» que los acusados consideraron «más oportuna, idónea y adecuada» la educación en un centro privado no homologado de su elección, «más acorde a sus convicciones».
En el fallo, la magistrada ha detallado que, partiendo del derecho a la educación y la obligatoriedad de la escolarización en un centro homologado, la cuestión se centra en «determinar cuál es el terreno competencial adecuado para juzgar la desescolarización».
En el juicio que se celebró el pasado mes de mayo, los progenitores, con nacionalidad estadounidense, defendieron que «quieren lo mejor para las niñas», por lo que decidieron que deberían estudiar en un colegio de su país de forma ‘online’, ya que en el futuro pretenden cursar allí la universidad.