El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo exonerado de una deuda de 87.000 euros a un vecino de la ciudad que se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad. Tras llevar su caso a juicio, la sala ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), lo que le ha permitido evitar la devolución de este dinero.
Según explican los abogados del despacho Repara tu Deuda, especializado en este tipo de causas, este vigués arrastraba una serie de deudas desde el año 2012. Su madre, ya jubilada, había pedido un crédito de una cantidad elevada que no podía asumir. Cuando su hijo empezó a vivir con ella, quiso negociar y solicitó un préstamo a su banco para pagar la deuda de su madre. “Le concedieron el préstamo y una tarjeta de crédito. Sin embargo, con motivo de una reducción de su jornada laboral, comenzó a cobrar menos. Pudo cancelar algún crédito que ya tenía mediante ampliaciones de crédito, créditos rápidos o con la tarjeta de crédito. También quiso hacer una unificación de deudas, pero no salió como deseaba”, relatan sus abogados.
Finalmente, al no poder salir de la situación en la que estaba, se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad en busca de una solución. Esta norma entró en vigor en España en 2015 y, aunque aún existe cierto desconocimiento, cada vez son más las personas que intentan ampararse en esta legislación para cancelar las deudas que han contraído y a las que no pueden hacer frente.
“Se trata de una legislación -declaran los abogados- que ayuda a personas que se encuentran arruinadas a poder empezar de cero eliminando las deudas contraídas”. En líneas generales, si el importe a reintegrar es inferior a los 5 millones de euros, si no se ha cometido ningún delito económico y si se ha hecho lo posible para devolver el dinero además de negociar con los acreedores, existe la opción de recurrir a esta ley en caso de no poder hacer frente a los pagos.